El Consejo de Administración de esta Autoridad Portuaria, en sesión celebrada el 3 de mayo de 2010 adoptó, por unanimidad, el que se transcribe a continuación:
"Otorgar licencia a favor de la Dotación de Amarradores del Puerto de Alicante, C.B., en el Puerto de Alicante, con un plazo de vigencia de ocho (8) años y con sujeción a las condiciones establecidas en el propio acuerdo.
Asimismo, se hace constar que la presente resolución será publicada en el Tablón Oficial de Anuncios de la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Alicante junto con el Pliego de Prescripciones Particulares de dicho servicio portuario, accesible desde https:\\sede.puertoalicante.gob.es
Lo que se publica para general conocimiento.
Alicante, 18 de mayo de 2010.- El Presidente, Miguel Campoy Suárez.
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