Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid,
a instancia de "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", con domicilio en La
Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes,
número 177, solicitando la autorización de la
subestación arriba citada;
Resultando que la petición de "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima", ha sido sometida a
información pública, a los efectos previstos en el
artículo 9.o del Decreto 2617/1966, de 20 de
octubre, de aplicación en virtud de lo dispuesto en la
disposición transitoria primera de la Ley 54/1997,
de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, no
habiéndose presentado ninguna alegación ni oposición a
la autorización solicitada durante el plazo
reglamentario;
Resultando que solicitado informe al
Ayuntamiento de Anchuelo, en cuyo término municipal se
pretende instalar la subestación, éste tampoco
manifiesta oposición al proyecto;
Visto el informe emitido por la Comisión
Nacional de Energía, aprobado en Consejo de
Administración en su sesión de fecha 17 de octubre de 2000;
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios ordenados en el Decreto 2617/1966,
de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones
eléctricas,
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
1. Autorizar a "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", la instalación de la subestación a
400 kV denominada "Anchuelo", en el término
municipal de Anchuelo, en la provincia de Madrid,
cuyas características principales son las siguientes:
Parque de intemperie a 400 kV, con configuración
en interruptor y medio y capacidad para cuatro
calles:
Calle 1:
Posición salida 1: Subestación de tracción.
Posición salida 2: Subestación de tracción.
Calle 2:
Posición línea Trillo.
Posición línea Loeches.
Calle 3:
En esta primera fase servirá como salida de la
línea Trillo, disponiendo únicamente tendidos altos
sin equipar aparamenta. La disposición final de esta
calle será:
Posición salida 1, futura línea.
Posición salida 2, futura transformación.
Calle 4 (futura):
Posición salida 1, futura línea.
Posición salida 2, futura transformación.
Aparamenta:
Calle 1: Parcialmente equipada con dos
seccionadores pantógrafos, dos transformadores de
intensidad, dos interruptores y tres seccionadores
rotativos de tres columnas.
Calle 2: Totalmente equipada con dos
seccionadores pantógrafos, tres transformadores de
intensidad, tres interruptores, cuatro seccionadores
rotativos de tres columnas, dos seccionadores rotativos
de tres columnas con cuchillas de puesta a tierra,
dos bobinas de bloqueo, dos transformadores
capacitivos y dos pararrayos autoválvulas.
Barras:
Barras 1: Un transformador de tensión capacitivo.
Barras 2: Un transformador de tensión capacitivo.
Se instalarán redes de tierra superiores e inferiores,
sistema de control y proyección, equipos de medida
y comunicaciones.
La finalidad de la subestación a 400 kV de
"Anchuelo" es atender en una primera fase a la
alimentación del Tren de Alta Velocidad
"Madrid-Barcelona-Frontera Francesa" y, posteriormente,
apoyar a la red de distribución de la zona de Alcalá
de Henares-Guadalajara.
2. Excluir la calle número 1, a los efectos
económicos del Real Decreto 2819/1998, de 23 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte y distribución, ya que la misma servirá
única y exclusivamente para la alimentación del Tren
de Alta Velocidad.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la
Pequeña y Mediana Empresa, en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1999,
de moficicación de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado.
Madrid, 2 de noviembre de 2000.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.-&4.171.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid