Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, convocadas por Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría («Boletín Oficial del Estado» número 216, de 8 de septiembre de 2022), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
Esta Subsecretaría resuelve:
Hacer pública la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición, para el ingreso por el sistema general de acceso libre, por orden de puntuación obtenida, que figura en el anexo I a la presente resolución.
De acuerdo con lo establecido en el apartado decimonoveno, punto 2, de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» número 174, del 22 de julio de 2017), los aspirantes aprobados disponen de un plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar a través de medios electrónicos: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do o en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos a la Subdirección General de Planificación y Gestión de Recursos Humanos (EA0038840), los siguientes documentos:
1. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 5 de la convocatoria. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en su caso, el correspondiente certificado de equivalencia. Al amparo de lo dispuesto en el apartado décimo, punto 5, de la citada Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, el requisito anterior no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II.
Quienes tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados documentalmente para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición, y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado décimo de la repetida Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, y los exigidos en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Por resolución de la autoridad convocante se procederá al nombramiento de funcionario en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento, debiendo superar el curso selectivo determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a ser nombrados funcionario de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 20 de junio de 2023.–El Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo, Pablo Garde Lobo.
Cuerpo de Inspectores del SOIVRE
Acceso libre
N.º de orden | Apellidos y nombre | DNI | Puntuación final |
---|---|---|---|
1 | Castro Valdés, Berta. | 3658 | 95,3 |
2 | Verdejo Navarro, Ana. | 8559 | 93,9 |
3 | Quero Flores, Rafael. | 2732 | 92,2 |
4 | Turrero Álvarez, Rosana. | 0347 | 87,2 |
5 | Berna Serna, Regina. | 9016 | 86,1 |
6 | López Pradas, Pilar. | 9235 | 85,3 |
7 | Echevarrías Marco, Andrea. | 5605 | 84,6 |
8 | Sánchez de Toca Rodríguez, María del Pilar. | 2719 | 83,8 |
9 | Suárez Escobedo, Laura. | 3778 | 82,8 |
10 | Peña Navarro, Ana de la. | 5297 | 79,8 |
11 | Ciudad Broncano, Sandra Eva. | 6047 | 79,3 |
12 | Barroso Saenz, Ana. | 6053 | 74,7 |
13 | Rodríguez Hernández, Marta. | 1022 | 74,0 |
14 | Hidalgo Cuadrado, Nazaret. | 1015 | 72,3 |
15 | Zafón Chulia, Elena. | 3759 | 68,8 |
16 | Montoya Mayor, Rocío. | 8755 | 68,6 |
17 | Molina Lozano, Amanda. | 5923 | 67,5 |
Don/doña ...................................................................................................................... con domicilio en ......................................................................... y documento nacional de identidad número ......................................., declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
En..........................., a ....... de........................................ de 2023.
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