Advertidos errores en el texto del Convenio colectivo de Sonae Arauco España-Soluciones de Madera, S.L., para los centros de trabajo de Linares y Valladolid, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Empleo de 16 de mayo de 2018 en el BOE núm. 129, de 28 de mayo.
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
En la página 55343, anexo I, debe sustituirse la tabla «Grupos profesionales–Niveles competenciales-niveles retributivos» por la siguiente:
Niveles Competenciales–Niveles Retributivos
Grupo profesional | Nivel competencial | Nivel retributivo | |
---|---|---|---|
1 | A | Ayudante / Aprendiz. | 1 – 2 |
B | Auxiliar de Administración. | 1 – 2 | |
2 | A |
Profesional de Fábrica. Profesional de Almacén. Oficial de Mantenimiento. Conductor/a de Maquinaria Móvil. Operador/a de Portería. |
3 – 6 |
B |
Profesional Analista de Laboratorio. Profesional de Oficina Técnica. |
5 – 8 | |
Profesional de Administración. | 3 – 9 | ||
3 | A |
Profesional de Fábrica Polivalente. Profesional de Fábrica Especialista. Profesional de Almacén Especialista. Oficial de Mantenimiento 1.ª |
7 – 9 |
B | Personal Técnico Analista de Laboratorio. | 9 – 13 | |
Oficial de Administración. | 10 – 13 | ||
4 | B | Jefatura de Equipo / Mando Intermedio. | 10 – 14 |
Encargado/a. Recurso Preventivo. |
15 – 16 | ||
5 | B |
Personal Técnico Especialista Titulado. Responsable de Departamento. |
17 – 19 |
6 | B | Dirección de Planta. | 20 |
Nota.–De conformidad con lo establecido en el artículo 54.º del presente Convenio Colectivo, el colegio de «Técnicos y Administrativos» estará compuesto por el personal incluido en los Grupos Profesionales designados con la letra «B»; y el colegio de «Especialistas y No Cualificados» estará compuesto por el personal incluido en los Grupos Profesionales designados con la letra «A».
Madrid, 7 de octubre de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.
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