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Documento BOE-A-2019-14789

Resolución de 9 de octubre de 2019, de la Universidad de Salamanca, por la que se modifica la de 18 de septiembre de 2019, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 15 de octubre de 2019, páginas 113272 a 113273 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-14789

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 18 de septiembre de 2019, del Rectorado de la Universidad de Salamanca, se convocan pruebas selectivas de ingreso en la escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca (BOE y BOCYL de 27 de septiembre de 2019).

Por Resolución de 9 de octubre de 2019, del Rectorado de la Universidad de Salamanca, se procede a modificar las bases de dicha convocatoria, por estimación parcial de recurso de reposición, requerimiento del Ministerio de Hacienda y sujeción a la jurisprudencia sobre acceso a la función pública, en concreto la base 1.1 relativa a Normas Generales y la base 5.3.A sobre Fase de Concurso, efectuándose la convocatoria en ejecución de las ofertas de Empleo Público de Funcionarios de Administración y Servicios de la Universidad de Salamanca para el año 2017 y 2018.

La base 1.1 relativa a Normas generales y la base 5.3.A sobre Fase de Concurso queda redactada en los siguientes términos:

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 25 plazas de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca, Subgrupo C2, dotadas presupuestariamente y que en la actualidad se hallan vacantes, de acuerdo con la siguiente distribución:

A. 23 plazas para el turno de acceso libre.

B. 2 plazas para el turno de acceso para personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.

Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas, no podrán acumularse a las de turno libre y se incorporarán a la próxima oferta de empleo en los términos previstos en el artículo 5 del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

5.3 Fase de Concurso para el turno de acceso libre y discapacidad: Sólo participarán aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. La valoración de los méritos para los aspirantes del turno de acceso libre y discapacidad se realizará de la forma siguiente, tomando como fecha de referencia la del fin del plazo de presentación de solicitudes:

A. Se valorarán los servicios prestados como personal en cualquier Universidad Pública o Administración Pública en puestos de trabajo con funciones iguales o equivalentes a las de la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Salamanca. La valoración se realizará sobre un máximo de 9 puntos, a razón de 0,073 puntos por mes de servicio o fracción.

Como consecuencia de dicha modificación, se amplía el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de referencia, en veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta modificación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación, ante el Juzgado competente de lo Contencioso-administrativo de Salamanca (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso administrativa). Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Salamanca, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, en este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Salamanca, 9 de octubre de 2019.–El Rector, Ricardo Rivero Ortega.

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