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Documento BOE-A-2019-13699

Resolución de 12 de septiembre de 2019, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Federació Francesc Layret Cocemfe Barcelona, para la realización del "I Congreso sobre el Derecho a la Autonomía Personal, Discapacidad Física y Orgánica, Envejecimiento y Cronicidad".

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 26 de septiembre de 2019, páginas 106247 a 106253 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2019-13699

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 6 de septiembre de 2019 se ha suscrito Convenio entre la Federació Francesc Layret Cocemfe Barcelona y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) para la realización del «I Congreso sobre el Derecho a la Autonomía Personal, Discapacidad Física y Orgánica, Envejecimiento y Cronicidad».

En virtud de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, de conformidad, con las competencias conferidas por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, resuelvo proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que se incorpora como anexo a esta Resolución.

Madrid, 12 de septiembre de 2019.–El Director General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Manuel Martínez Domene.

ANEXO 
Convenio entre la Federació Francesc Layret Cocemfe Barcelona y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) para la realización del «I Congreso sobre el Derecho a la Autonomía Personal, Discapacidad Física y Orgánica, Envejecimiento y Cronicidad»

En Madrid, a 6 de septiembre de 2019.

REUNIDOS

De una parte, la presidenta de Cocemfe Barcelona, doña Montserrat Pallarès Parellada, actuando en nombre y representación de la Federación Francesc Layret, cargo para el que fue nombrada por acuerdo de la Junta Directiva de la Federación, de fecha 21 de junio de 2018, domiciliada a efectos de notificación en C.60. números 16-18, sector A, 08040 Zona Franca-Barcelona.

Y, de otra, don Manuel Martínez Domene, Director general del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), como entidad gestora de la Seguridad Social adscrita al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, cargo para el que fue nombrado en virtud del Real Decreto 10/2019, de 18 de enero (BOE n.º 17, del 19).

Ambas partes reconocen su capacidad jurídica para establecer el presente documento y, en especial, la representación de las instituciones que se nombran.

EXPONEN

I

Que por el Real Decreto 1047/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se adscribe a dicho Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, la entidad gestora de la Seguridad Social Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Asimismo, el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, que regula la estructura orgánica y funciones del Imserso, le atribuye competencias en materia de los servicios complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, como también el establecimiento y gestión de centros de atención especializada o de aquellos a los que se les asignen objetivos especiales de investigación de ámbito de actuación estatal en el campo de acción del Instituto.

II

Que la Federación Francesc Layret, Cocemfe Barcelona, (en adelante, Cocemfe Barcelona), es una federación sin ánimo de lucro, nacida el año 1989, que representa al sector de la discapacidad física y orgánica en Barcelona, y que trabaja para conseguir la plena inclusión de las personas con discapacidad, siguiendo los preceptos de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. A la vez, trabaja para conseguir la normalización en los campos de la accesibilidad universal y la inserción laboral de las personas con discapacidad. Desde su creación, Cocemfe Barcelona ha sido líder en el momento de emprender acciones promotoras de la mejora de calidad de vida de este colectivo.

III

Que el Imserso, en cumplimiento de los fines de interés general y social que tiene encomendados, estima colaborar a través de su plan de Formación Especializada en Servicios Sociales en cuantas acciones permitan profundizar en el conocimiento, tratamiento y atención a los colectivos a los que dirige su acción dentro del área de servicios sociales entre los cuales se incluyen las personas mayores y las personas en situación de dependencia.

IV

Que el Imserso y Cocemfe Barcelona coinciden en su interés de llevar a cabo el I.er Congreso sobre el Derecho a la Autonomía Personal. Discapacidad Física y Orgánica, Envejecimiento y Cronicidad como instrumento importante para la reflexión y la realización de propuestas que aborden los retos pendientes y las posibles soluciones en el ámbito de la autonomía personal, discapacidad física y orgánica. Dicho congreso tendrá lugar los días 21 y 22 de octubre en Barcelona y forma parte del Plan de Formación Especializada en Servicios Sociales para el año 2019, aprobado por Resolución del Director General del Imserso el día 10 de mayo de 2019.

Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración necesaria entre el Imserso y Cocemfe Barcelona para realizar el I Congreso sobre el Derecho a la Autonomía Personal. Discapacidad Física y Orgánica, Envejecimiento y Cronicidad, en el Centro de Convenciones Internacional de Barcelona. Por primera vez se abordará de manera integral y con una visión amplia e integradora el derecho a la autonomía personal. Para ello, el congreso girará en torno a cuatro ejes de trabajo en los que participarán los principales expertos de cada área y que son:

– La garantía de los derechos en cada etapa del ciclo de vida.

– La Ciudad como espacio de convivencia amigable y de acceso a los Servicios.

– Las TIC al servicio de la mejora de la calidad de vida de cada persona y su entorno.

– Gestión y uso de los datos colectivos como herramienta de transformación social.

El contenido del proyecto, de interés para ambas entidades participantes en su organización, es el que se expone en la memoria que acompaña al presente Convenio.

Segunda. Compromisos que asumen las partes.

La colaboración entre los firmantes se extenderá a todos los ámbitos de actuación que impliquen el buen desarrollo del Congreso.

Los compromisos de organización de cada una de las partes serán los siguientes:

Por parte de Cocemfe Barcelona:

– Organizar el I Congreso sobre el Derecho a la Autonomía Personal. Discapacidad Física y Orgánica, Envejecimiento y Cronicidad asumiendo la responsabilidad sobre el proyecto y sus resultados. En particular, corresponderá a personal de Cocemfe las funciones de dirección del proyecto, así como la gestión técnica del personal requerido para el mismo, la gestión técnica y económica de las actividades proyectadas así como la participación de sus expertos.

– Colaborará con la aportación de materiales y fondos documentales propios.

– Compartir con el Imserso las buenas prácticas llevadas a cabo en las asociaciones miembros de Cocemfe Barcelona, para promover la autonomía personal en todo el ciclo de vida.

– A través del Observatorio de la Discapacidad Física de Cocemfe Barcelona, recoger, estudiar y hacer propuestas a las aportaciones y sugerencias del Imserso en lo relativo a la autonomía personal en las personas mayores, con la finalidad de que otras administraciones españolas implementen de manera eficaz medidas para que las personas puedan envejecer dignamente y con autonomía propia, el máximo tiempo que su ciclo vital les permita.

– Destacará la colaboración del Imserso en cuantas actividades y publicaciones realice en el desarrollo del proyecto, o como consecuencia del mismo.

– Elaborar, en colaboración con el Imserso, un estudio sobre la Autonomía Personal de las Personas Mayores en España.

Por parte del Imserso:

– Participará en la coorganización del Congreso y colaborará en su realización mediante la integración y el trabajo de sus profesionales en el equipo organizador y una aportación dineraria destinada a la financiación del mismo.

Asimismo:

– Participará en la coordinación junto con Cocemfe Barcelona del Congreso, colaborando en el diseño del programa, asignando los ponentes más adecuados entre los que se encontrarán representantes del Instituto.

– Pondrá a disposición de la organización todo el fondo documental del cual dispone y que se considere de relevancia para el desarrollo del Congreso.

– Se encargará de la difusión del programa del Congreso entre profesionales y público específico.

– Promocionará el Congreso a través de su propia web, de sus redes sociales y de sus revistas especializadas.

– Se encargará de la participación, a través de los Gabinetes de Prensa del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y del Imserso, en todas las actividades en las que sea precisa su presencia así como lo referente a la relación con los medios de comunicación (ruedas de prensa, notas de prensa, etc.).

– Colaborará con Cocemfe Barcelona en todos los actos que se celebren con motivo de la inauguración, desarrollo y clausura del Congreso.

– Colaborará en la selección de los espacios y recursos adecuados para la celebración de las actividades del Congreso.

– Colaborará con Cocemfe Barcelona en la elaboración de un estudio sobre « Autonomía Personal de las Personas Mayores».

Tercera. Financiación.

Este proyecto se financiará a través de una aportación económica del Imserso y una aportación económica de Cocemfe Barcelona.

El presupuesto total estimado del proyecto es ciento ochenta y cinco mil euros (185.000 €) y es el que figura en el anexo que se adjunta.

Este presupuesto será limitativo en su importe total, pudiéndose producir variaciones en la ejecución de las diferentes partidas del mismo siempre que no se supere el importe total.

El Imserso y Cocemfe Barcelona se comprometen a financiar la cantidad a que se refiere el acuerdo anterior conforme a los siguientes porcentajes:

a) Imserso: Con la cantidad de quince mil euros (15.000 €) para contribuir a llevar a cabo con éxito el Congreso de Cocemfe (aplicación presupuestaria 6004 03591 2624).

La cantidad proporcionada por el Imserso cubrirá los gastos que figuran en el anexo que se adjunta.

Si los gastos debidamente justificados fuesen inferiores a la financiación fijada con exactitud, una vez conocidas las aportaciones definitivas de ambas entidades, la aportación del Imserso disminuirá en la proporción correspondiente.

La cantidad aportada por el Imserso gestionada directamente por Cocemfe Barcelona, se hará efectiva en la cuenta IBAN ES09 2100 1841 090200339994, previa justificación de los gastos asumidos por ambas entidades en el presente Convenio.

Cocemfe Barcelona: Ciento setenta mil euros (170.000 €) como aportación máxima, dentro de la cual se financian los gastos incluidos en el presupuesto no financiados por el Imserso.

Una vez celebrado el Congreso, de acuerdo con lo previsto y acordado en este Convenio, Cocemfe Barcelona deberá presentar al Imserso una Memoria con la liquidación final de los gastos relacionados con la celebración del Congreso, (a excepción de los gastos gestionados directamente por el Imserso) y las correspondientes justificaciones mediante facturas originales o sus copias compulsadas así como de certificados en el caso de los gastos indirectos.

Esta liquidación se presentará con un estadillo de justificantes firmado por el responsable, en el cual se enumerarán por orden cronológico las facturas, su importe y fecha, además del concepto al que corresponden; el sumatorio total de los mismos deberá coincidir con la suma de los justificantes aportados y con el consignado en la Memoria.

El plazo límite para la justificación de gastos será el 15 de febrero de 2020.

Cuarta. Comisión de seguimiento.

Para facilitar el seguimiento y cumplimiento del convenio, se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada, como mínimo, por dos representantes del Imserso nombrados por la persona titular de la Secretaría General y por dos personas en representación de Cocemfe Barcelona a la que corresponde desarrollar y concretar las actuaciones de cooperación que se establezcan, así como velar por el cabal cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos por ambas partes.

La comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio.

La comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinta. Vigencia.

El presente convenio tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2019, se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

No obstante, cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio comunicándolo a la otra parte interviniente por escrito con tres meses de antelación a la fecha en la que se desee la terminación del mismo.

Sexta. Modificación.

El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo de las partes a propuesta de cualquiera de ellas, a través de la Comisión de Seguimiento, mediante la suscripción del oportuno acuerdo de modificación formalizado antes de la finalización del convenio, y será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO) y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).

Séptima. Extinción y resolución.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causa de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de tres meses con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio comunicándolo a la otra parte interviniente por escrito con tres meses de antelación a la fecha en la que se desee la terminación del mismo o, en su caso, de su prórroga.

No obstante, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones que en ese momento estén iniciadas, las partes podrán acordar su continuación hasta la finalización del plazo convenido para su ejecución, conforme a lo establecido en el art. 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Régimen jurídico y jurisdicción competente.

Este convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico está regulado en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada la naturaleza administrativa de éste.

Y, en prueba de conformidad, firman el presente convenio, en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Imserso, Director general del Imserso, Manuel Martínez Domene.–Por la Federación Francesc Layret Cocemfe Barcelona, Monserrat Pallarés Parellada.

ANEXO
Presupuesto

I Congreso de COCEMFE sobre el derecho a la autonomía personal, discapacidad física y orgánica. Envejecimiento y cronicidad

Barcelona 21 y 22 de octubre de 2019

 

Precio unit.

Uds.

Pax.

Ppto.

Euros

Aportación IMSERSO.

 

 

 

15.000,00

Aportación COCEMFE.

 

 

 

170.000,00

Total.

 

 

 

185.000,00

 

Precio

Unit.

Uds.

Pax.

Ppto.

COCEMFE

Euros

Ppto.

IMSERSO

Euros

Auditorio y anexos.

 

 

 

 

 

Alquiler salones.

 

 

 

 

 

Alquiler Mobiliario.

 

 

 

 

1.277,76

Servicio de Seguridad.

 

 

 

 

4.101,90

Aparatos traducción.

 

 

 

 

 

Megafonía sesiones + cena G.

 

 

 

 

 

Dietas Congresistas.

 

 

 

 

 

Comidas.

 

 

 

15.000

 

Coffees VIPS.

 

 

 

 

 

Ponentes.

 

 

 

 

 

Desplazamientos transoceánicos

 

 

 

2.432,58

 

Desplazamientos España

 

 

 

2.400,00

 

Alojamientos.

 

 

 

600,00

 

Material divulgativo del Congreso.

 

 

 

4.000,00

620,34

Servicio médico Congresistas

 

 

 

 

1.074,30

Secretaría Técnica.

 

 

 

 

 

Sec.Congreso-Web-Diseño-Imagen-Creación BBDD.

 

 

 

11.200,00

2.418,15

Material congresistas.

 

 

 

8.250,00

 

Acreditaciones.

 

 

 

1.750,00

 

Material oficina.

 

 

 

 

762,13

Envíos MRW.

 

 

 

 

40,23

Comunicación.

 

 

 

 

 

Ases. externo, comité científico y diseño contenidos.

 

 

 

15.000,00

 

Empresa comunicación.

 

 

 

30.000,00

 

Coordinación y personal técnico.

 

 

 

 

2.837,10

Expositores y plafones.

         

Redes sociales externalizadas.

 

 

 

11.500,00

 

Ed. e impresión materiales.

 

 

 

30.000,00

435,51

Publicidad medios.

 

 

 

 

 

Fotografía y vídeo.

 

 

 

19.567,42

1.432,58

Imprevistos.

 

 

 

18.300,00

 

  Total gastos.

     

170.000,00

15.000,00

   Total general.

     

185.000

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