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Documento BOE-A-2017-12693

Resolución de 26 de octubre de 2017, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la relación definitiva de aprobados en las fases de oposición y concurso, de las pruebas selectivas para ingreso, por los sistemas general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima, convocadas por Resolución de 3 de noviembre de 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 4 de noviembre de 2017, páginas 105807 a 105817 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-12693

TEXTO ORIGINAL

Vistas las propuestas formuladas por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso, por los sistemas general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima, convocadas por Resolución de 3 de noviembre de 2016 («Boletín Oficial del Estado» del 17),

Esta Presidencia ha resuelto:

Primero.

Hacer públicas las relaciones de los aspirantes que han aprobado la fase de oposición y las fases de oposición y de concurso, por el orden de puntuación obtenida, con indicación del Documento Nacional de Identidad, que figuran como anexo I.1 y I.2 de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.

Segundo.

1. Los opositores aprobados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Reglamento, en relación con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en los registros de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a través de la página web: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/B201.shtml (Aportar documentación complementaria), o de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, la siguiente documentación:

A) Autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 522/2006 y la Orden/ PRE/3949/2006, para realizar la consulta de identificación personal a través del sistema de verificación de datos de identidad, según el modelo que figura como Anexo II a esta Resolución. En caso de no autorizar la consulta deberá aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

B) Fotocopia del título exigido en la convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título, o título académico de nivel superior al exigido en la convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá aportarse fotocopia de la credencial que acredite su homologación.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo III a esta Resolución.

D) Declaración del aspirante de comprometerse a portar armas en el ejercicio de sus funciones (anexo IV).

E) Autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16, apartado c) del Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, para realizar la consulta de carecer de antecedentes penales, según el modelo que figura como anexo V a esta Resolución. En caso de no autorizar la consulta deberá aportar el certificado de antecedentes penales.

F) Los aspirantes aprobados en la especialidad de Investigación, fotocopia compulsada del permiso de conducir clase B.

Los aspirantes aprobados en la especialidad de Marítima, estar en posesión del certificado de competencia marinera exigido por el artículo 56 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, o de los certificados, títulos o tarjetas profesionales que lo hayan sustituido o tengan un valor equivalente.

Los certificados, títulos o tarjetas profesionales que han sustituido o tienen un valor equivalente al Certificado de Competencia marinera son:

– Título profesional de Marinero de Puente.

– Título profesional de Marinero de Máquinas.

– Tarjeta profesional de Marinero Pescador.

G) Los aspirantes que invoquen su condición de personal laboral o funcionario, deberán formular opción por la remuneración que desean percibir durante su condición de funcionarios en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero, según modelo que figura como anexo VI, ante las unidades de personal del órgano del que depende su puesto de trabajo y, en su caso, adjuntar copia a la documentación exigida en esta Resolución.

Además, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por promoción interna, deberán presentar:

H) Certificación del Registro Central de Personal o Unidad de Recursos Humanos del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar la condición de funcionario de Cuerpo o Escala del Subgrupo C2 a que pertenezcan y la antigüedad en el mismo, según modelo que figura como anexo VII.

I) Los aspirantes destinados en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, presentarán solicitud o renuncia de destino en la localidad donde se ubica su puesto de trabajo actual en el modelo que figura con anexo VIII, que será considerada en relación con los puestos de trabajo propios de la especialidad a la que accede. En caso de cambio de destino el interesado deberá confirmar o modificar su petición inicial.

Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

2. Por Resolución de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento y los centros formativos y sedes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, donde se llevará a cabo la realización del mismo.

A efectos de asignar la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria donde los candidatos realizarán el período de prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición o de oposición y concurso deberán cumplimentar, priorizando su elección, el anexo IX, los que accedan a la especialidad de Investigación, y el anexo X los que accedan a la especialidad Marítima. Aquellos aspirantes que no presenten dicho anexo o lo presenten sin consignar en su orden de preferencia todas las sedes, se les asignará la que corresponda por la autoridad convocante.

El nombramiento de funcionario en prácticas, la relación de aspirantes con la sede adjudicada, y el lugar y hora de presentación para la realización de dicho período de prácticas, se publicará en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria www.agenciatributaria.es.

Los funcionarios nombrados en prácticas deberán superar el período de prácticas en los términos establecidos en los anexos I.4.D y II.3.B, respectivamente, de la Resolución de convocatoria.

3. La petición de destinos deberá efectuarse una vez finalizado el período de prácticas de forma telemática de acuerdo a la base 2 de la convocatoria, previa publicación de los mismos en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

4. Finalizado el proceso selectivo y a propuesta del Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, los que hayan superado aquél, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado.

Tercero.

Contra la presente resolución, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 26 de octubre de 2017.–El Presidente de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director del Departamento de Recursos Humanos, Manuel José Rufas Vallés.

ANEXO I.1
Relación de aprobados en la fase de oposición por el sistema general de acceso libre

Especialidad Investigación

Número de orden

NIF

Apellidos y nombre

1

44519294B

Hervás Gimeno, Lluís.

2

13152023W

Luaces Pinto, Fernando.

3

35324906B

Tilve Chan, Luis Alberto.

4

13146244L

Villaverde Pereira, Sergio.

5

74840066K

Escudero Perujo, José.

6

43813771J

González Correa, Eduardo Jerónimo.

7

32700118Y

Varela Fernández, Javier.

8

32838625F

Martínez Deus, David.

9

35482546D

Cordo Ríos, Manuel.

10

53696721R

Delgado Álvarez, David.

11

76578013L

Freijo López, Manuel Antonio.

12

23038892E

Sanmartín Fernández, José Antonio.

13

48693386V

Díaz García-Terrer, Juan Luis.

14

75572143P

Quesada Aguilera, David Francisco.

15

35471834S

Otero Bua, Ana María.

Especialidad Marítima

Número de orden

NIF

Apellidos y nombre

1

23038591C

Trojan Hernández, Michael Norman.

2

71769573M

Falcon García, Rubén Darío.

3

46914518S

Pardo Ferreira, Iván Yago.

4

50110873Z

Sanmarco Vázquez, Héctor.

5

77471267E

Pardo Bueno, Alberto Carlos.

6

53024477R

Álvarez Vallejo, Pablo.

7

75237771X

Vargas Rodal, José Luis.

8

44843536E

Lestón Beiro, Pablo.

9

45862752Q

Bascoy Otero, Ángela.

10

30625874V

Zamanillo Arnaiz, Ignacio Martín.

11

31251751H

Patrón Caballero, Juan José.

12

46863906A

González Sanz, David.

13

77406581N

Grandio Fernández, Daniel.

14

30228326R

Barrera Machuca, José Ramón.

15

76868057X

López Martínez, Gustavo.

16

35474454J

Rodríguez García, Daniel.

17

35453802S

Ferreiros Otero, Jaime.

18

35470979B

Losada Rivas, Juan.

19

48978428C

Domínguez Reyes, Pablo.

20

36141094K

Rodríguez Alen, Ana.

21

78496681G

Sánchez Tiburcio, Patricia.

22

23010192A

Louzán Martínez, Amancio.

23

48902863X

Moreno Ramírez, José María.

24

48978096X

Pérez Pérez, Fernando Jesús.

25

13169864H

Martínez Alcaraz, Juan Miguel.

26

35474624E

Coello Martínez, David.

27

45760641W

Henríquez Hernández, Martín Yeray.

ANEXO I.2
Relación de aprobados en las fases de oposición y concurso, por promoción interna

Especialidad Investigación

Número de orden

NIF

Apellidos y nombre

1

73762695Q

Gil Belenguer, Arturo.

2

27451760H

Carrión Pujante, Juana.

Especialidad Marítima

Número de orden

NIF

Apellidos y nombre

1

33455600F

Marco Vicente, Pablo.

1

2

3

4

5

6

7

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