Por Orden de 11 de marzo de 2015, la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia («Diario Oficial de Galicia» del 18), convocó procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia, por Orden de 4 de julio de 2017 («DOG» del 13), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a determinados aspirantes que por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por corrección de errores del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 26 de julio).
Vista la propuesta de la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 11 de marzo de 2015, que aparecen relacionados en el Anexo a esta orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2017.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 9 de octubre de 2017.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/602/2017, de 20 de junio), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.
Cuerpo: 0597 Maestros
NRP |
Apellidos y nombre |
DNI |
Turno |
Puntuación |
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Especialidad: 31 Educación Infantil |
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3546062102 A0597 |
Marcos Gómez, Ana Belén |
35460621 |
01 |
5,7893 |
Especialidad: 36 Pedagogía Terapéutica |
||||
4447953302 A0597 |
Guinarte Varela, Adela |
44479533 |
01 |
7,6139 |
Especialidad: 37 Audición y Lenguaje |
||||
4735631457 A0597 |
Gómez Pérez, Alicia Elena |
47356314 |
01 |
5,6438 |
Especialidad: 38 Educación Primaria |
||||
3617030202 A0597 |
Eijo Díaz, Fernando |
36170302 |
01 |
6,7667 |
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