La Sección número 6 de la Audiencia Provincial de Ceuta, en Sentencia de fecha 14 de julio de 2016, ya firme, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Camilo Jesús Jodar, con DNI número 23.208.662, actualmente jubilado, adscrito a la Jefatura Superior de Policía de Ceuta, como autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, a las penas, entre otras, de dos años de prisión e inhabilitación absoluta durante tres años, cuyo último destino lo tuvo en la Jefatura Superior de Policía de Ceuta.
Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5.1.e) de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, 63.e) y 66 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, «La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere».
Esta Secretaría de Estado dispone:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Camilo Jesús Jodar, por la pena de inhabilitación absoluta a que ha sido condenado.
Madrid, 12 de enero de 2017.–El Secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto Ballesteros.
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