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Documento BOE-A-2016-9780

Resolución de 11 de octubre de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autorizan los desistimientos de las solicitudes del permiso de investigación de hidrocarburos denominado Rojas.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 25 de octubre de 2016, páginas 74348 a 74350 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-9780

TEXTO ORIGINAL

Mediante oficio de 6 de junio de 2016, el Servicio de Minas de la Junta de Castilla y León, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de 1 de febrero de 2016 del Director General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, remitió, a este centro directivo, el expediente completo de solicitud del permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Rojas» por rebasar dicha solicitud el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

En este sentido, la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, establece, en los artículos 3 y 15, que el otorgamiento de permisos de investigación de hidrocarburos corresponde a los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas cuando afecte exclusivamente a su ámbito territorial.

De acuerdo con el expediente remitido, la solicitud inicial del permiso fue realizada por la mercantil Trofagás Hidrocarburos, S.L. (actualmente BNK Hidrocarburos, S.L.) el 23 de marzo de 2011, dándose publicidad a la misma con fechas 27 de junio, 11 de julio y 13 de julio de 2011, en el Boletín Oficial de Castilla y León, en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos y en el Boletín Oficial del Estado, respectivamente. Con fecha 23 de agosto de 2011, la sociedad Petrichor Euskadi Cooperatief UA, Sucursal en España y la sociedad Basgás Energía Ibérica, S.L., participando al 50%, solicitaron conjuntamente el permiso de investigación de hidrocarburos «Rojas» en competencia con la solicitud presentada por Trofagás Hidrocarburos, S.L.

Tras haberse procedido a la apertura de las ofertas de ambas solicitudes, en acto llevado a cabo el 29 de noviembre de 2011, y tras los trámites necesarios, el 21 de mayo de 2013, el Director General de Energía y Minas propuso que la Junta de Castilla y León otorgara el permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Rojas» a favor de Trofagás Hidrocarburos, S.L. tras informe favorable de 5 de noviembre de 2012 de su Servicio de Minas.

El 7 de octubre de 2015, el Servicio de Minas de la citada Dirección General autonómica emitió informe por el cual se pone de manifiesto que el perímetro designado para el permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Rojas», además de estar ubicado en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, afecta al territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiendo, por tanto, la competencia para otorgar un permiso de investigación, cuando afecte al ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma, a la Administración General del Estado.

Tras ello, se procedió a conceder trámite de audiencia a los interesados y a la vista de las alegaciones aportadas al expediente, la Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León resolvió dejar sin efecto su propuesta de otorgamiento del permiso de investigación de hidrocarburos «Rojas» de 21 de marzo de 2013 y dar traslado del expediente completo de solicitud del citado permiso a esta Dirección General de Política Energética y Minas.

En efecto, se verifica que el permiso de investigación de hidrocarburos «Rojas» afecta a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, así como a la Comunidad Autónoma de La Rioja, si bien de manera meramente residual. Dicha afección residual, inadvertida por el propio solicitante, permite afirmar que no concurren las circunstancias de incompetencia manifiesta que, conforme a lo dispuesto en el artículo 62 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común aplicable a este procedimiento, habrían determinado la nulidad de pleno derecho de los actos dictados en el seno del procedimiento.

Por otro lado, en el expediente remitido figuran los desistimientos de las solicitudes efectuadas tanto por parte de la sociedad Petrichor Euskadi Cooperatief UA, Sucursal en España, con fecha 29 de octubre de 2015, como de Trofagás Hidrocarburos, S.L. (actualmente BNK Hidrocarburos, S.L.) con fecha 16 de marzo de 2016.

Del mismo modo, en el expediente remitido obran órdenes de cancelación de garantías dispuestas por los solicitantes con respecto al artículo 16.d) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, firmadas a tal efecto el 20 de mayo de 2016 por el Director General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León.

El artículo 91.2 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone que la Administración aceptará de plano el desistimiento, y declarará concluso el procedimiento, toda vez que en este caso no pende solicitud sobre el permiso de investigación de hidrocarburos «Rojas» por parte de otros terceros interesados.

A la vista de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común; en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y en el Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Aceptar la remisión del expediente de solicitud del permiso de investigación de hidrocarburos «Rojas» por parte del Director General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León y conservar las actuaciones realizadas.

Segundo.

Aceptar el desistimiento de la solicitud del permiso de investigación de hidrocarburos «Rojas», tanto del solicitante inicial Trofagás Hidrocarburos, S.L. (ahora BNK Hidrocarburos, S.L.) así como el desistimiento de los solicitantes en competencia Petrichor Euskadi Cooperatief UA, Sucursal en España y la sociedad, actualmente disuelta, Basgás Energía Ibérica, S.L.

Tercero.

El área comprendida por el permiso de investigación de hidrocarburos «Rojas» adquirirá la condición de franca y registrable el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución.

Cuarto.

Dar traslado a la Dirección General de Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León de la presente resolución y del expediente original completo, del cual se archiva copia digital en la Subdirección General de Hidrocarburos de esta Dirección General, para que los solicitantes puedan proceder a la recuperación de las garantías constituidas, ante el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma, para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Rojas».

De acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de octubre de 2016.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

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