Advertidos errores en la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» número 115, de 12 de mayo de 2016, de la Resolución de 25 de abril de 2016 de este Centro Directivo, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpo y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, y según lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 90 del Decreto territorial 382/2015, de 28 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, Resuelvo:
En el punto 6 de la Base primera de la convocatoria, cuyo tenor literal se transcribe:
6. «No se admitirá ninguna modificación a la solicitud de destino formulada ni desistimiento a la participación en el concurso una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias. Tampoco se admitirá, una vez resuelto el concurso provisional o definitivamente, la renuncia al destino obtenido, por ningún motivo alegado, ni tampoco por el hecho de haberse equivocado el concursante a la hora de rellenar los números de orden de la instancia, por lo que, los funcionarios que participen en el concurso, deberán asegurarse de que los números de orden de convocatoria que solicitan se corresponden exactamente con las denominaciones de los órganos judiciales ofertados».
Debe decir:
6. «No se admitirá ninguna modificación a la solicitud de destino formulada una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias. Tampoco se admitirá, una vez resuelto el concurso definitivamente, la renuncia al destino obtenido, por ningún motivo alegado, ni tampoco por el hecho de haberse equivocado el concursante a la hora de rellenar los números de orden de la instancia, por lo que, los funcionarios que participen en el concurso, deberán asegurarse de que los números de orden de convocatoria que solicitan se corresponden exactamente con las denominaciones de los órganos judiciales ofertados».
Suprimir del documento Anexo I de la resolución de convocatoria la siguiente plaza vacante:
N.º de orden: 14373. Denominación: Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4. ATP: Gestión P.A. Localidad: Arona. Provincia: Sta. Cruz de Tenerife.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso Potestativo de Reposición ante la propia Directora General de Relaciones contra la Administración de Justicia, en el plazo de un mes desde su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109.1 d) y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en que tenga su sede el órgano autor del acto originario o el del lugar del domicilio del recurrente, a elección de este último, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, 31 de mayo de 2016.–La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María Lourdes Quesada Díaz.
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