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Documento BOE-A-2016-265

Resolución de 2 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2015 con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 11 de enero de 2016, páginas 1460 a 1461 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2016-265

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 24 de agosto de 2015, Convenio específico para el año 2015 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figurara como anexo de esta Resolución.

Madrid, 2 de diciembre de 2015.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

ANEXO
Convenio Específico para el año 2015 del protocolo general de colaboración suscrito el 8 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

En Madrid, a 24 de agosto de 2015.

REUNIDOS

De una parte, D. Francisco de Asís Babín Vich, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrado mediante Real Decreto 249/2012, de 23 de enero («BOE» número 20, de 24 de enero), en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto, 1, b, de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias («BOE» número 28, de 1 de febrero de 2013).

De otra, el Ilmo. D. Francisco del Busto de Prado, Consejero de Sanidad del Principado de Asturias; nombrado por Decreto 7/2015, de 28 de julio («BOPA» de 29 de julio de 2015), que interviene en representación del Principado de Asturias, expresamente autorizado y designado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno, adoptado en su reunión de 15 de julio de 2015, por el que autoriza la celebración del Convenio de Colaboración y designa al Consejero de Sanidad para la suscripción del mismo.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad y Servicios Sanitarios del Principado de Asturias suscribieron un Protocolo general de colaboración, de fecha 8 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad y Servicios Sanitarios de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias en el año 2015 se concretará en el desarrollo de los programas:

Tratamiento para la adicción a cocaína y otros psicoestimulantes (TAC): 140.000,00 euros.

Programa socioeducativo para mujeres consumidoras, exconsumidoras o en riesgo de consumir drogas y con menores a cargo: 36.000,00 euros.

Programa de intervención sobre el problema del alcoholismo: 122.000,00 euros.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones de fecha 24 de abril de 2015, con un total de 298.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias durante el ejercicio 2015.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.

Sexto.

El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco de Asís Babín Vich.–El Consejero de Sanidad del Principado de Asturias, Francisco del Busto Prado.

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