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Documento BOE-A-2016-10966

Resolución de 15 de noviembre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden FOM/1006/2016, de 14 de junio.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 22 de noviembre de 2016, páginas 81796 a 81801 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2016-10966

TEXTO ORIGINAL

Anunciada por Orden FOM/1006/2016, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 23), convocatoria pública para cubrir por el sistema de concurso específico (Refª FE4/16) puestos de trabajo en el Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, y previo cumplimiento de las normas establecidas en el título III, capítulo II, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de las bases de dicha convocatoria,

Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto:

Primero.

Aprobar las propuestas de la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios y en los términos que se expresan en el anexo a la presente Resolución.

Segundo.

Declarar desiertos los puestos que se especifican en el anexo por alguna de las siguientes causas: No haber petición alguna para cubrirlos, no alcanzar la puntuación mínima exigida o no reunir las condiciones requeridas en la convocatoria.

Tercero.

El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Cuarto.

El personal que haya obtenido destino a través de este concurso no podrá participar en concursos de méritos que convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo lo previsto por el apartado 2 del artículo 41 del citado Reglamento General.

Quinto.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre designación o por el de concurso, en otros Departamentos o Comunidades Autónomas. Asimismo, se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al cobro de indemnización por concepto alguno.

Sexto.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación (artículo 46.1 de la precitada Ley), o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la precitada Ley 39/2015).

Madrid, 15 de noviembre de 2016.–El Subsecretario de Fomento, Mario Garcés Sanagustín.

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