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Documento BOE-A-2015-7829

Resolución de 23 de junio de 2015, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, por la que se resuelven solicitudes de Secretarios Judiciales sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del Derecho propio de determinadas comunidades autónomas, a efectos de concursos de traslados.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 13 de julio de 2015, páginas 58071 a 58073 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2015-7829

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone en el artículo 450.4 que en aquellas Comunidades Autónomas que gocen de derecho civil, foral o especial, y de idioma oficial propios, el conocimiento de los mismos se valorará como mérito. Y el artículo 109 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales establece que en la resolución de los concursos para la provisión de destinos en territorio de las Comunidades Autónomas cuyos Estatutos de Autonomía reconocen la oficialidad de una lengua propia distinta del castellano y de las que poseen Derecho propio se tendrá en cuenta el reconocimiento de méritos por la acreditación de dichos conocimientos y establece el procedimiento y la forma de valoración de los mismos.

Esta Secretaría General, de conformidad con lo dispuesto en las referidas normas, ha resuelto:

Primero.

Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de determinadas Comunidades Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntuación máxima equivalente a tres años de antigüedad, según el nivel de conocimiento, valorándose de la siguiente manera:

Nivel elemental: Un año.

Nivel medio: Dos años.

Nivel superior: Tres años.

Segundo.

Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntación equivalente a un año de antigüedad.

Tercero.

Notificar el texto íntegro de la Resolución a los interesados y publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las relaciones de solicitantes a los cuales les ha sido reconocido el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua propia de determinadas Comunidades Autónomas (Anexo I) y/o el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas (Anexo II).

Cuarto.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente o potestativo de reposición ante este Ministerio, en el plazo de dos meses o un mes respectivamente, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 23 de junio de 2015.–El Secretario General de la Administración de Justicia, Antonio Dorado Picón.

ANEXO I
Reconocimiento de Idioma

Apellidos y nombre

Idioma

Nivel

Alvaredo Arias, Antía.

Gallego.

Medio.

Álvarez Álvarez, Jaime Juan.

Catalán.

Medio.

Ave Prieto, Estefanía.

Gallego.

Medio.

Berlanga Charriel, Miguel.

Valenciano.

Superior.

Bustos Valencia, M.ª del Pilar.

Catalán.

Medio.

Camps Ortiz, Francisco Javier.

Catalán.

Medio.

Castillo Serna, Blanca Aída.

Valenciano.

Elemental.

De Lis Ferreiro, Olalla.

Gallego.

Medio.

Estévez Jácome, Benigno.

Gallego.

Superior.

Fandos Llopis, Judit.

Catalán.

Medio.

Fernández Escudero, Ana M.ª

Valenciano.

Medio.

Ferrando Ábalos, Juan.

Valenciano.

Elemental.

Gil García, María Inmaculada.

Catalán.

Medio.

González Amorrich, Pablo.

Catalán.

Superior.

González Aramburu, Susana.

Euskera.

Básico.

González González, Raúl.

Catalán.

Superior.

Iglesias Rabuñal, Lara María.

Gallego.

Medio.

Llaras Pintado, M.ª Cristina.

Catalán.

Superior.

López García, Emilio.

Catalán y Valenciano.

Medio.

Molina Castañer, Esther.

Valenciano.

Superior.

Noceda Bermejo, Raquel.

Valenciano.

Elemental.

Noguero Corona, Ana Belén.

Catalán.

Superior.

Parra Bueno, Nuria.

Catalán.

Medio.

Peris Lloris, M.ª Isabel.

Valenciano.

Elemental.

Ribal Sanchís, Nuria.

Catalán.

Elemental.

Sabater Ventura, Neus.

Valenciano.

Superior.

Sánchez García, Miguel.

Catalán.

Medio.

Sancho de la Tajada, María Pilar.

Valenciano.

Elemental.

Sanjuán Ferrer, Paloma.

Valenciano.

Medio.

Vázquez Álvarez, Patricia.

Gallego.

Medio.

Villalba Molto, M.ª Cristina.

Valenciano.

Medio.

ANEXO II
Reconocimiento de derecho

Apellidos y nombre

Derecho

Álvarez Álvarez, Jaime Juan.

Catalán.

Amo Maeso, María Aroa.

Catalán.

Bustos Valencia, M.ª del Pilar.

Catalán.

Estévez Jácome, Benigno.

Gallego.

Fandos Llopis, Judit.

Catalán.

González de Pereda, Alejandro.

Valenciano.

González González, Raúl.

Catalán.

Llaras Pintado, M.ª Cristina.

Catalán.

Lluch Barea, Verónica.

Catalán.

López Garcia, Emilio.

Catalán.

Macián de Greef, Sergio.

Catalán.

Molina Borrás, Raquel.

Catalán.

Molina Castañer, Esther.

Valenciano.

Parra Bueno, Nuria.

Catalán.

Pérez Conesa, M.ª Amparo.

Valenciano.

Ramos Laín, Natalia.

Catalán.

Roselló Alfonso, Laura.

Catalán.

Samper Orgilés, Javier.

Valenciano.

Sánchez García, Paulina.

Catalán.

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