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Documento BOE-A-2015-5872

Resolución de 27 de mayo de 2015, por la que, en estimación de recursos, se conceden ayudas para contratos predoctorales para la Formación de Profesorado Universitario, de los subprogramas de Formación y Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2015, páginas 45757 a 45758 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-5872

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 18 de noviembre de 2013 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de noviembre), se convocaron ayudas para la formación de profesorado universitario de los subprogramas de Formación y Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 en I+D+i.

Por Resolución de 22 de agosto de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se conceden ayudas para contratos predoctorales para la Formación de Profesorado Universitario, de los subprogramas de Formación y Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad.

Recurrida la Resolución de 22 de agosto por los solicitantes que a continuación se relacionan, por estar disconformes con la calificación total otorgada a sus solicitudes, se han estimado sus recursos, siendo la nueva calificación asignada:

Noemí Aranda Merino, 7,434, en el área ANEP de Química.

Felipe Arias González 8,182, en el área ANEP de Ingeniería Mecánica, Naval y Aeronáutica.

María Mateos Jaime, 7,577, en el área ANEP de Química.

Ana M.ª Prieto Carvajal, 7,749, en el área ANEP de Química.

Dado que la nota de corte asignada al área ANEP de Química por la Comisión de Selección fue de 7,378 puntos para las concesiones y al área ANEP de Ingeniería Mecánica, Naval y Aeronáutica 7,910, la nueva puntuación otorgada a los solicitantes les hace merecedores de la ayuda solicitada.

En consecuencia, se dispone:

Primero.

Conceder ayudas para contratos predoctorales para la Formación de Profesorado Universitario a:

Nombre

Solicitud

Centro adscripción

Meses ayuda anterior

Noemí Aranda Merino

FPU13/04386

U. Sevilla

4

Felipe Arias González

FPU13/02944

U. Vigo

7

María Mateos Jaime

FPU13/02028

U. Alcalá

11

Ana M.ª Prieto Carvajal

FPU13/03934

U. Alcalá

11

Segundo.

Los beneficiarios dispondrán, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución, de veinte días hábiles para incorporarse a los respectivos centros de adscripción. Si no se incorporaran a lo largo de este plazo se entenderá que renuncian a la ayuda.

Tercero.

Las entidades de adscripción de los beneficiarios de las ayudas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de incorporación de los beneficiarios para presentar los contratos formalizados con los beneficiarios de conformidad a lo establecido en el artículo 31.4 de la convocatoria.

Cuarto.

Las ayudas de las concesiones contenidas en esta Resolución, tienen una dotación mensual de 1.025 € durante los dos primeros años y de 1.173 € mensuales para el tercero y cuarto, incrementándose en dos pagas extraordinarias cada año o proporcional al período de contrato, y las correspondientes cotizaciones de la Seguridad Social contenidas en la Orden ESS/86/2015, de 30 de enero.

El gasto resultante se eleva a un importe de doscientos cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y dos euros con noventa y dos céntimos (255.952,92 €), que será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.01 de los Presupuestos Generales del Estado con la siguiente distribución por anualidades: 41.459,04 € en el ejercicio 2015, 74.065,84 € en el ejercicio 2016, 81.121,24 € en el ejercicio 2017, 57.612,32 € en el ejercicio 2018 y 1.694,48 € en el ejercicio 2019.

Quinto.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06 de los Presupuestos Generales del Estado, se imputa un importe de dieciséis mil euros (16.000 €) por compensación de gastos de gestión a las entidades colaboradoras, en función del número de beneficiarios adscritos a las mismas, y por ayuda a entidades por inicio de programa, con la siguiente distribución por anualidades: 4.000 € en el ejercicio 2015, 4.000 € en el ejercicio 2016, 4.000 € en el ejercicio 2017 y 4.000 € en el ejercicio 2018.

La cuantía por compensación por beneficiario será de 250 € y se abonará anualmente al inicio de cada contrato.

Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 14 de mayo de 2015.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/05/2015
  • Fecha de publicación: 28/05/2015
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, con rectificación del título y fecha de disposición , por Resolución de 1 de junio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-6908).

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