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Documento BOE-A-2015-213

Resolución de 10 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2014 con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 9 de enero de 2015, páginas 2380 a 2381 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-213

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 7 de octubre de 2014, Convenio específico para el año 2014 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figurará como anexo de esta resolución.

Madrid, 10 de diciembre de 2014.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

ANEXO
Convenio específico para el año 2014 del protocolo general de colaboración suscrito el 8 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

En Madrid, a 7 de octubre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco de Asís Babín Vich, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrado mediante Real Decreto 249/2012, de 23 de enero («BOE» número 20, de 24 de enero) en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto, 1, b, de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias («BOE» número 28 de 1 de febrero de 2013).

De otra, don Martí Sansaloni Oliver, Consejero de Salud de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, debidamente facultado para este acto en virtud del cargo para el que fue nombrado mediante Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en virtud de la delegación de firma del Presidente de las Illes Balears otorgada por Decreto 25/2003, de 24 de noviembre («BOIB» n.º 166, de 29/11/2003) de conformidad con los artículos 11 y 80 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, previa autorización del Consejo de Gobierno.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 8 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad y Consumo de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el año 2014 se concretará en el desarrollo de los programas:

– Programa de tratamiento y apoyo a la inclusión social y laboral de usuarios de drogas: 231.000,00 €.

– Programa de prevención del consumo de drogas y otras adicciones en diferentes ámbitos de actuación: 60.000,00 €.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones de fecha 8 de mayo de 2014, con un total de 291.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears durante el ejercicio 2014.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.

Sexto.

El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c, del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco de Asís Babín Vich.–El Consejero de Salud de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Martí Sansaloni Oliver.

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