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Documento BOE-A-2015-13080

Orden SSI/2563/2015, de 20 de noviembre, por la que se clasifica la Fundación Irene Villa y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2015, páginas 114160 a 114161 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-13080

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Irene Villa resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Irene Villa.

Fines: Los fines de interés general de la Fundación son integración laboral y asistencia social de las personas con discapacidad.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la Calle Segura, número 34, 28670 Villaviciosa de Odón (Madrid) y desarrollará sus actividades en todo el territorio del Estado, especialmente en las Comunidades Autónomas de Madrid y de Asturias.

Fundadora: Doña Irene Villa González.

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por la fundadora.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante la notario de Madrid, doña María Eugenia Reviriego Picón, el día 30 de enero de 2015, con el número 132 de orden de su protocolo, rectificada mediante diligencia otorgada ante la misma notario el día 30 de junio de 2015, incorpora el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: Doña Irene Villa González.

Vicepresidenta: Doña María Jesús González Gutiérrez.

Secretario: Don Jaime López Pulido.

Vocales: Don Antonio Camuñas Baena, doña Francisca Pilar Buján González y don José Luis Izquierdo Martín.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Irene Villa, cuyos fines de interés general son de asistencia social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1774.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 20 de noviembre de 2015.–El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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