Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-11379

Resolución de 2 de octubre de 2015, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se conceden ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 22 de octubre de 2015, páginas 99081 a 99090 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-11379

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 19 de febrero de 2015, de la Secretaría de Estado de Cultura, se convocaron subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras.

Con fecha 1 de junio se celebró la reunión de la Comisión de Valoración constituida para el estudio de las solicitudes recibidas de acuerdo con lo estipulado en el artículo 9 de la mencionada Resolución. Posteriormente, con fecha 22 de junio, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó la Resolución de 22 de junio, de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, por la que se publica el informe de solicitudes preseleccionadas.

Habiendo presentado todos los propuestos como beneficiarios la documentación pertinente como se acredita en la propuesta de resolución de concesión del órgano instructor, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la mencionada Ley 38/2003, en su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de este Ministerio, he decidido resolver lo siguiente:

Primero.

Conceder las ayudas que se enumeran en el Anexo con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.490.13 del programa 144A «Cooperación, Promoción y Difusión Cultural en el Exterior» del Presupuesto de Gastos de este Ministerio para el año 2015, en las cuantías que se especifican. El total concedido asciende a 230.000,00 euros.

Las cuantías concedidas como subvención sólo podrán destinarse para la traducción seleccionada, debiendo cumplirse con las normas de justificación detalladas en la resolución de convocatoria.

Segundo.

Conceder las ayudas que se enumeran en el Anexo con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.470 del programa 144A «Cooperación, Promoción y Difusión Cultural en el Exterior» del Presupuesto de Gastos de este Ministerio para el año 2015, en las cuantías que se especifican. El total concedido asciende a 20.000,00 euros.

Las cuantías concedidas como subvención sólo podrán destinarse para la traducción seleccionada, debiendo cumplirse con las normas de justificación detalladas en la resolución de convocatoria.

Tercero.

Desestimar el resto de solicitudes presentadas a la convocatoria por incurrir en una o varias causas de exclusión de las previstas en el artículo 4 de la resolución de convocatoria, no haber subsanado la editorial la falta de documentación exigida o rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa pudiendo interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presentación del mencionado recurso de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, a través del registro telemático del Ministerio, siempre que se posea un certificado de firma electrónica con validez. En ningún caso podrán simultanearse ambas vías de impugnación.

También cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación.

Madrid, 2 de octubre de 2015.–El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política e Industrias Culturales y del Libro, José Pascual Marco Martínez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid