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Documento BOE-A-2014-6231

Resolución de 2 de junio de 2014, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se publica la modificación del Convenio de colaboración por el que encomienda a la Comunidad Autónoma de Aragón la gestión de actuaciones de intervención y regulación de mercados.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 12 de junio de 2014, páginas 44695 a 44698 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-6231

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Convenio por el que se modifica el Convenio de colaboración por el que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación encomendó a la Comunidad Autónoma de Aragón la gestión de actuaciones de intervención y regulación de mercados, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 2 de junio de 2014.–El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, Ignacio Sánchez Esteban.

ANEXO
Convenio por el que se modifica el Convenio de colaboración por el que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación encomendó a la Comunidad Autónoma de Aragón la gestión de actuaciones de intervención y regulación de mercados

En Madrid, a 29 de mayo de 2014.

REUNIDOS

De una parte, don Carlos Cabanas Godino, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 319/2014, de 5 de mayo, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de la Administración General del Estado, conforme a las atribuciones que le confiere el capítulo 1, apartado 1, letra c), de la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril (BOE de 24 de abril de 2012), modificada por Orden AAA/1402/2012, de 19 de junio (BOE de 28 de junio de 2012), sobre delegación de competencias del citado Departamento.

Y de otra, don Modesto Lobón Sobrino, Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, en virtud del Decreto de 30 de diciembre de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se dispone su nombramiento y actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente documento y a tal efecto:

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 3 de abril de 1997, se suscribió entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el suprimido Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Convenio por el que se encomienda a aquella la gestión de actuaciones de intervención y regulación de mercados.

Segundo.

Que en su cláusula décima se establece que el suprimido Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (actual Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) y la Comunidad Autónoma de Aragón podrán acordar la modificación del citado Convenio.

Tercero.

Que mediante Real Decreto 619/1997, de 25 de abril, se traspasaron a la Comunidad Autónoma de Aragón los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura (FEGA), incluyendo la cesión del uso de las Unidades de la Red Básica de Almacenamiento Público ubicadas en el territorio de la citada Comunidad Autónoma.

Cuarto.

Que mediante Real Decreto 172/2011, de 11 de febrero, se ampliaron los medios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón por el Real Decreto 619/1997, de 25 de abril.

Quinto.

Que en el momento en el que el citado Convenio se formalizó, las actuaciones de intervención y regulación de mercados eran relativamente importantes desde el punto de vista cuantitativo, a diferencia de lo que sucede en el momento actual, dado que la intervención de productos agrícolas en el seno de la UE se ha reducido a niveles muy poco significativos, sin que parezca probable que en los próximos años se vaya a producir un incremento de la citada actividad.

Sexto.

Que la situación actual de los inmuebles de la Red Básica de Almacenamiento Público es de casi total abandono por carencia de uso, asumiendo el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) el pago de los Impuestos de Bienes Inmuebles y las Comunidades Autónomas los gastos corrientes cuando los hubiera, siendo imposible acometer los gastos de reparación de daños por robos, incendios, vandalismo, ocupaciones, etc.

Séptimo.

Que únicamente 2 unidades, del total de 41 pertenecientes a la red básica de almacenamiento público que a día de hoy se encuentran cedidas a la comunidad autónoma de Aragón, están siendo utilizadas mediante las correspondientes autorizaciones de uso a favor de Cooperativas agrarias, de acuerdo con el convenio de colaboración entre el Fondo Español de Garantía Agraria, la Comunidad Autónoma de Aragón y la Confederación de Cooperativas Agrarias de España, por el que se regula la utilización de la red básica de almacenamiento público por parte de las cooperativas cerealistas asociadas en las Federaciones y Uniones de la citada Confederación (suscrito el 14 de mayo de 2010 y modificado mediante Convenio de fecha 7 de julio de 2011).

Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben el presente acuerdo de modificación del convenio de fecha 3 de abril de 1.997, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de la cláusula séptima.

La cláusula séptima del convenio de fecha 3 de abril de 1997 queda redactada como sigue:

«Para la realización de las actividades de gestión encomendadas, se pondrán a disposición de la Comunidad Autónoma, mediante el correspondiente Acuerdo de traspaso, los medios personales, materiales y económicos vinculados a estos servicios.»

Segunda. Anexos.

1. Se deja sin efecto el anexo I del Convenio de Encomienda de Gestión suscrito el 3 de abril de 1997.

2. Se relacionan en el anexo adjunto a este Convenio de modificación las unidades cuyo uso recupera el FEGA.

Tercera. Recuperación del uso de los silos por parte del FEGA.

El Fondo Español de Garantía Agraria mantiene las autorizaciones de uso y concesiones vigentes en el momento de la firma del presente acuerdo a favor de las cooperativas cerealistas asociadas en las Federaciones y Uniones integradas en la Confederación de Cooperativas Agrarias de España hasta el fin de su vigencia.

En prueba de conformidad y para la debida constancia de lo convenido, firman el presente Convenio por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados.–El Secretario General de Agricultura y Alimentación, Carlos Cabanas Godino.–El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Modesto Lobón Sobrino.

ANEXO
Unidades cuyo uso recupera el FEGA

Red básica actual

Unidades

Capacidad (t)

Código

Localidad

Tipo

Macrosilos

50041

Cariñena.

TE

15.000

50261

Zuera.

TV

20.000

Zaragoza

2

35.000

N.º macrosilos.

2

35.000

Silos

22010

Barbastro.

D

3.250

22020

Barbastro.

SV

3.000

22040

Binéfar.

E

4.700

22050

Grañen.

E

4.700

22061

Huesca.

TR

5.200

22070

Monzón.

B

7.500

22080

Plasencia del M.

B

7.150

22090

Selgua.

D

6.400

22100

Tamarite Altorr.

E

4.700

22110

Tardienta.

E

4.700

Huesca

10

51.300

44010

Alcañiz.

D

2.750

44020

Ferreruela de H.

D

3.350

44030

La Puebla de Hijar.

D

6.400

44040

Monreal del C.

D

4.650

44050

Santa Eulalia.

J

6.500

Teruel

5

23.650

50010

Belchite.

D

3.850

50020

Biota.

D

3.300

50060

Casetas.

F

3.500

50070

Caspe.

D

2.850

50080

Daroca.

D

3.700

50090

Ejea de los Caballeros.

E

4.700

50100

Ejea de los Caballeros.

A

2.800

50110

Epila.

D

2.750

50120

Gallur.

D

3.250

50130

La Almonda.

D

2.850

50140

Luna.

E

4.700

50160

Mallen.

D

2.600

50170

Muel.

D

3.850

50180

Quinto de Ebro.

D

2.400

50190

Tauste.

A

2.950

50200

Used.

D

3.850

50230

Zaragoza-Castellón.

D

2.200

50240

Zaragoza-Barcelona.

D

2.300

50250

Zuera.

D

3.250

Zaragoza

19

61.650

N.º silos.

34

136.600

Totales macrosilos/silos.

36

171.600

Graneros/naves almacenamiento horizontal

22032

Barbastro.

G

800

Huesca

1

800

50052

Casetas.

GA

1.800

50152

Mallen.

G

1.500

50212

Zaragoza-Barcelona.

G

1.000

50222

Zaragoza-Castellón.

G

1.000

Zaragoza

4

5.300

N.º graneros.

5

6.100

Silos objeto de autorización/concesión de uso:

50041: Cariñena.

50261: Zuera.

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