Mediante Orden AAA/2913/2012, de 26 de diciembre, por la que se dispone la concesión de títulos de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 16 de enero de 2013, se concedieron los mencionados títulos para las variedades de las especies cuyas denominaciones figuran en el anexo de la Orden, con duración de la protección hasta el 31 de diciembre de 2037 para las variedades de cebolla, espárrago, patata, trigo blando y trigo duro y hasta el 31 de diciembre de 2042 para las de mandarino clementino, mandarino híbrido y melocotonero.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 18 de la Ley 3/2000, de 7 de enero, de régimen jurídico de la protección de las obtenciones vegetales, sobre la duración del derecho del obtentor, que se extiende hasta el final del vigésimo quinto año natural o, en el caso de variedades de vid y de especies arbóreas, hasta el trigésimo año natural, a contar desde el año de concesión de los derechos de obtentor, y que en el presente caso ese plazo se inicia en 2013 –dado que la citada Orden AAA/2913/2012, de 26 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 16 de enero de 2013 y comenzó a surtir efectos el día siguiente al de su publicación–, la duración de la protección alcanza, en el caso de las variedades de cebolla, espárrago, patata, trigo blando y trigo duro que figuran en el anexo de la Orden, hasta el 31 de diciembre de 2038, y en el caso de las variedades de mandarino clementino, mandarino híbrido y melocotonero, hasta el 31 de diciembre de 2043, que son las fechas que deberían haber figurado en el citado anexo, en vez de las de 31 de diciembre de 2037 y 31 de diciembre de 2042.
En su virtud, dispongo:
La modificación del anexo a la Orden AAA/2913/2012, de 26 de diciembre, por la que se dispone la concesión de títulos de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas, en el sentido de que en la columna referida a la duración de la protección concedida figure que es «hasta 31-12-2038» en el caso de las variedades de las especies de cebolla, espárrago, patata, trigo blando y trigo duro, y «hasta 31-12-2043» para las variedades de las especies de mandarino clementino, mandarino híbrido y melocotonero, publicándose a continuación nuevamente el anexo, con las citadas modificaciones, en aras de una mayor claridad y seguridad jurídica.
La presente orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación o ser impugnada, directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación.
Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, si éste se hubiera interpuesto. Asimismo, se advierte que el plazo para la interposición del recurso jurisdiccional, en caso de desestimación presunta del recurso de reposición, es de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y el 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 20 de febrero de 2013.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, 20 de abril), la Secretaria General de Agricultura y Alimentación, Isabel García Tejerina.
Variedad |
Número título |
Duración de la protección |
Solicitante |
---|---|---|---|
Especie: Cebolla, Allium cepa L. var. cepa |
|||
Pesquero. |
002568 |
Hasta 31-12-2038 |
INEASA. |
Especie: Espárrago, Asparagus Officinalis L. |
|||
HT-801. |
002569 |
Hasta 31-12-2038 |
Centro Sur SCA/Consejo Regulador Espárrago Huetor Tajar. |
Especie: Mandarino clementino, Citrus clementina Hort. ex Tanaka |
|||
Clemenalba. |
002570 |
Hasta 31-12-2043 |
Agricola Bagu, S.A. |
Especie: Mandarino híbrido, Citrus L. |
|||
Garbi. |
002571 |
Hasta 31-12-2043 |
IVIA. |
Orri. |
002572 |
Hasta 31-12-2043 |
A.R.O. The Volcani Center. |
Safor. |
002573 |
Hasta 31-12-2043 |
IVIA. |
Especie: Melocotonero, Prunus persica (L.). |
|||
Almavero. |
002574 |
Hasta 31-12-2043 |
SAT 9413 Frutaria. |
Aramex. |
002575 |
Hasta 31-12-2043 |
SAT 9413 Frutaria. |
C-58. |
002576 |
Hasta 31-12-2043 |
SAT 9413 Frutaria. |
PRO C 105. |
002577 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 107. |
002578 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 135. |
002579 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 139. |
002580 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 140. |
002581 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 152. |
002582 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 16. |
002583 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 17. |
002584 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 182. |
002585 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 185. |
002586 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 206. |
002587 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 211. |
002588 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 218. |
002589 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 220. |
002590 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 224. |
002591 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 225. |
002592 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 229. |
002593 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 249. |
002594 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 25. |
002595 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 27. |
002596 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 56. |
002597 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 60. |
002598 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 67. |
002599 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 75. |
002600 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 84. |
002601 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
PRO C 87. |
002602 |
Hasta 31-12-2043 |
Viveros Provedo, S.A. |
Especie: Patata, Solanum tuberosum L. |
|||
Laris. |
002603 |
Hasta 31-12-2038 |
Appacale, S.A. |
Especie: Trigo blando, Triticum aestivum L. |
|||
Paterna. |
002604 |
Hasta 31-12-2038 |
Agrovegetal, S.A. |
Especie: Trigo duro, Triticum durum Desf. |
|||
Don Norman. |
002605 |
Hasta 31-12-2038 |
Agrovegetal, S.A. |
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