Por Orden EDU/3391/2010, de 21 diciembre, se concedieron subvenciones para la movilidad de profesores visitantes para el curso académico 2010-2011 (BOE de 31 de diciembre).
Advertido un error en la denominación de un máster, procede su corrección, en el siguiente sentido:
Primero.—En la página 109529, donde dice: Universidad Complutense de Madrid; Referencia MAS2010-00139-P; Programa Master: Master Universitario en Gobierno y Gestión Pública; debe decir: Universidad Complutense de Madrid; Referencia MAS2010-00139-P; Programa Master: Master Universitario en Gobierno y Administración Pública;
Segundo.—Contra la resolución de concesión o denegación de las subvenciones, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la fecha de su publicación. Asimismo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la misma autoridad que dictó la resolución, al amparo de lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 10 de febrero de 2011.—El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/2607/2009, de 16 de septiembre), el Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.
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