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Documento BOE-A-2011-11640

Resolución de 7 de junio de 2011, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de bien de interés cultural, con la categoría de monumento, en favor del Pazo de Fefiñáns, en el término municipal de Cambados (Pontevedra).

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 6 de julio de 2011, páginas 71540 a 71547 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2011-11640

TEXTO ORIGINAL

El Pazo de Fefiñáns se encuentra en el centro de la Villa de Cambados, levantado sobre una construcción anterior. La estructura del Pazo de Fefiñáns, corresponde a los primeros años del siglo XVII. Se trata de un Pazo semiurbano, situado en la antigua Plaza del Mercado, hoy de Fefiñáns.

La planta, en forma de L, consta de bajo y piso, la primera dedicada a bodega y explotación comercial de vino albariño y la segunda a vivienda de los propietarios actuales del Pazo.

Las fachadas que miran a la plaza, están tratadas de manera semejante: en la planta baja, ventanas y huecos de acceso, resaltándose las entradas principales por un cambio de escala y unos elementos de remate, que sirven de soporte a sendos escudos. Es característico, también el remate de los vanos de ambas alas del edificio, con molduras, formando frontones.

La fachada del ala este, considerada como principal, presenta, respecto al Sur, la peculiaridad de los balcones con baranda de fundición, a los que se añade, por medio de huecos rectangulares en fachada. Tanto en la esquina de esta, como en su correspondiente del ala opuesta son de destacar los ventanales en esquina, que comunican con balcones de planta circular, apoyados sobre ménsulas concéntricas de piedra.

En el lado sur, posee una torre de cuatro plantas, en la cual, además del balcón circular ya mencionado, hay que señalar uno de iguales características, pero de menores proporciones, situado en el tercer piso y conocido como «balcón de pelegrín».

En la parte posterior del ala este, existe una plataforma a modo de espacio de transición entre la edificación y la vega, dedicada a jardín y cultivo del albariño.

Por su lado, en la fachada posterior del ala sur, se forma una especie de patio cerrado por el propio edificio (asoportalado y con vanos cuadrangulares con trabatel) y las bodegas, las antiguas caballerizas y la tapia de la vega.

Un último aspecto constructivo a destacar, es el arco-puente que une el Pazo en su muro norte con la vega contigua. Allí se encuentra un mirador cerrado de balaustres de piedra y un templete de planta cuadrada, con bóveda sostenida por cuatro columnas. Este arco puente nos pone en relación con uno de los aspectos más interesantes de este Pazo: el urbanístico. El Pazo de Fefiñáns forma, junto con la Iglesia de San Benedictino, una de las más significativas plazas de Galicia. Una plaza que hoy no presenta su aspecto originario, puesto que hasta 1843, además de poseer salida directa al mar, tenía otros tres arcos puente, semejantes al ya mencionado, cerrando así la plaza.

A pesar de ser una obra del siglo XVII, en la composición de la fachada principal del Pazo, parece evidente el influjo del Renacimiento Italiano, como demuestran los frontones triangulares, en los que se sitúan los bustos de los más destacados personajes de la familia Sarmiento y Valladares. No obstante, hay una serie de elementos, que apuntan la influencia notable del naciente barroco del siglo XVII como son la estrechez de su planta, los remates de los frentes principales, donde se colocan los blasones, la chimenea, etc. Es decir; deja de percibirse la intención del arquitecto de obtener una fastuosa fachada, que no se corresponde con el interior, idea propia del Barroco, como también lo es la composición de la plaza, que vendría a presidir la vida medieval de Fefiñáns, uno de los tres núcleos a partir de los que se forma el actual Cambados.

De las partes integrantes, pertenencias y accesorios.

El Pazo conserva parte de las tierras que le pertenecían, delimitadas por un muro de piedra. Dichas fincas anexas se dividen en dos zonas comunicadas por el arco, la primera es anexa a la edificación y se usaba como huerta del Pazo. Actualmente conserva parcialmente ese uso, complementado con el de jardín. La segunda zona, comunicada con la edificación por el puente se subdivide a su vez en jardín, era y bosque, cerrado este último con un muro de piedra dentro de la propiedad.

Cada una de las dos zonas tiene una fuente de piedra adosada al muro de cierre de la finca en el frente este.

Edificaciones anexas situadas al Sur de la edificación principal son las caballerizas y bodegas, conformando todas ellas un patio semiabierto hacia el Este, a nivel de la Plaza de Fefiñáns.

En la otra zona de huertas, la comunicada a través del puente, existen tres edificaciones adosadas al muro Oeste de la finca, con uso relacionado con las bodegas (producción de licores), volcadas al interior de la finca y dos viviendas con frente al exterior, que antaño pertenecían al Pazo pero que a mediados del siglo XX pasaron a manos de la iglesia por donación de los dueños del Pazo y que esta a su vez vendió, en años posteriores, a particulares.

La Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano competente para incoar los procedimientos de declaración de bien de interés cultural según el dispuesto por el título I de la Ley 8/1995, del 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia, y por el Decreto 430/1991, del 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la declaración de bienes de interés cultural de Galicia y se crea el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia.

De acuerdo con todo el expuesto, resuelvo:

Primero.

Incoar el procedimiento para la declaración de bien de interés cultural con la categoría de monumento, en favor del Pazo de Fefiñáns, en el término municipal de Cambados (provincia de Pontevedra).

A los efectos previstos en el artículo 11 de la Ley 8/1995, del 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia la delimitación de la zona afectada por la declaración figura como anexo a la presente resolución.

Segundo.

Comunicar esta resolución al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva, así como al Ayuntamiento de Cambados, según dispone el artículo 10 de la Ley de patrimonio cultural de Galicia.

Tercero.

Disponer la apertura de un período de información pública durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, a fin de que cuantos tengan interés puedan examinar el expediente y alegar lo que estimen conveniente en las dependencias administrativas de la Subdirección General de Protección del Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura y Turismo, situadas en el Edificio Administrativo San Caetano, s/n, bloque 3.º, 2.ª planta, en Santiago de Compostela, previa petición de cita.

Cuarto.

Según lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 8/1995, del 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia, la presente resolución determina la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto para los bienes ya declarados, y, en concreto, la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas por la declaración, así como de los efectos de las ya otorgadas. Dicha suspensión dependerá de la resolución o caducidad del expediente incoado.

Las obras que, por causa de fuerza mayor, interés general o urgencia, tuvieran que realizarse con carácter inaplazable precisarán, en todo caso, de autorización de los organismos competentes de la Consellería de Cultura y Turismo.

Quinto.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de patrimonio cultural de Galicia, el expediente tendrá que resolverse en el plazo máximo de 20 meses contados a partir de la fecha en que se incoó. Transcurrido el cual se producirá la caducidad del expediente si se solicitase el archivo de las actuaciones o si dentro de los sesenta días siguientes no se dicta resolución.

Sexto.

La presente resolución se publicará en el «Diario Oficial de Galicia» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Santiago de Compostela, 7 de junio de 2011.–El Director General de Patrimonio Cultural, José Manuel Rey Pichel.

ANEXO I
Delimitación literal

Justificación de la delimitación del inmueble y su entorno

Hay suficientes elementos configuradores de un límite físico claro en lo que se refiere a la delimitación del inmueble. La propiedad del Pazo está cerrada por un muro de piedra de tres metros y medio de altura, constituyendo dos bolsas cerradas unidas por el puente de piedra.

El contorno se delimita teniendo en cuenta dos aspectos: en primer lugar, la lectura del conjunto desde fuera del muro de cierre de la propiedad desde el exterior, y la protección del mismo, que facilitan la lectura clara y precisa del bien, y, por otra parte el control de las edificaciones que puedan aparecer en el entorno, desde el interior del Pazo, pues la altura del muro hace que cualquier actuación exterior tenga mucha presencia en el espacio interior.

El interés que prima a la hora de establecer la delimitación del Pazo de Fefiñáns, muy vinculado al crecimiento urbano de la zona, es el de proteger su entorno ante cualquier alteración de las condiciones existentes en la apreciación del mismo, así como intentar preservar el carácter de lo que lo rodea, intentando salvaguardar el bien de cualquier actuación que había podido afectarle directa o indirectamente tanto a los valores históricos y arquitectónicos como culturales y paisajísticos. Todo esto respetando que la importancia del Pazo no reside sólo en el valor de la edificación y sus jardines, sino que también, y no con menor importancia, en la capacidad que tuvo a lo largo de su historia de formar un tejido urbano, de servir como aglutinante en una zona próxima al mar donde confluyen caminos diversos que unían Cambados con Vilagarcía y con el interior.

1. Descripción de la delimitación del monumento

Puntos de entorno definidos en el plano 1 (Coordenadas UTM):

Tramos 1-4. Tramo comprendido entre el puente, hacia el oeste, siguiendo las fachadas de la edificación principal por la Plaza de Fefiñáns hasta la esquina noroeste de la torre de la Plaza.

Punto 1:

X=515479.03

Y=4707670.47

Punto 2:

X=515465.48

Y=4707670.22

Punto 3:

X=515461.8

Y=4707626.02

Punto 4:

X=515426.39

Y=4707627.16

Tramo 4-5. Tramo que comienza en la esquina noroeste de la torre de la Plaza, continua por las fachadas de las edificaciones, y termina en la última de ellas, en el punto 5 (X=515424.05, Y=4707574.63)

Punto 5:

X=515424.05

Y=4707574.63

Tramos 5-7. Tramo que, desde la última fachada de las edificaciones anexas del sur (Punto 5 X=515424.05 Y=4707574.63), recorre el muro sur de la finca del Pazo, hasta llegar a la esquina sudeste del mismo muro.

Punto 6:

X=515477.75

Y=4707584.63

Punto 7:

X=515598.19

Y=4707575.57

Tramos 7-10. Tramo que comienza en la esquina sudeste del muro del Pazo, recorre el límite entre el Pazo y el colegio situado al este, y termina en la esquina nordeste de la torre.

Punto 8:

X=515611.44

Y=4707676.76

Punto 9:

X=515628.52

Y=4707677.25

Punto 10:

X= 515621.03

Y=4707684.22

Tramo 10-1. Muro norte de cierre de la finca de la edificación principal. Comienza en la esquina nordeste de la torre y llega hasta el puente.

Tramo 11-12. Muro sur de cierre de la finca del bosque, desde el puente, hasta la esquina sudeste de la finca del bosque.

Punto 11:

X=515482.86

Y=4707684.47

Punto 12:

X=515600.14

Y=4707695.73

Tramo 12-14. Límite entre el muro Este con el camino existente, desde la esquina sudeste de la finca del Bosque hasta la esquina nordeste de la misma finca.

Punto 13:

X=515622.98

Y=4707877.33

Tramo 14-19. Límite entre el muro de la finca del bosque con el tejido residencial urbano. Comprende el tramo que comienza en la esquina nordeste de la finca del bosque, recorre el límite entre las fincas del tejido residencial y el bosque, y termina en el punto de llegada del muro a la carretera de Vilagarcía.

Punto 14:

X=515646.82

Y=4707943.35

Punto 15:

X=515632.33

Y=4707955.42

Punto 16:

X=515550.37

Y=4707911.93

Punto 17:

X=515520.3

Y=4707878.88

Punto 18:

X=515498.34

Y=4707853.4

Punto 19:

X=515487.83

Y=4707853.93

Tramo 19-21. Tramo comprendido entre el punto de comienzo (en el norte) del muro de la finca del bosque en la carretera de Vilagarcía, y a fin de las edificaciones en la misma calle en la llegada a la Plaza de Fefiñáns.

Punto 20:

X=515461.37

Y=4707710.85

Punto 21:

X=515455.83

Y=4707686.85

Tramo 21-11. Tramo comprendido entre a fin de las edificaciones anexas en la carretera a Vilagarcía, en la llegada a la Plaza de Fefiñáns, hasta llegar al puente, en el muro sur de la finca del bosque.

2. Descripción de la delimitación del entorno

El entorno de protección propuesto se adaptara las fincas catastrales y a las calles por las que discurre la demarcación, quedando literalmente georeferenciado y detallado gráficamente según el plano adjunto (anexo II).

Tramos a-e. Tramo que comprende desde el punto la (X=515715.40, Y=4707509.66) hasta el punto y (X=515823.86, Y=4708002.27), siguiendo la línea principal del parcelario que limita con la Avenida del Salnés hacia el oeste.

Punto a:

X=515715.40

Y=4707509.66

Punto b:

X=515719.01

Y=4707655.68

Punto c:

X=515697.03

Y=4707786.11

Punto d:

X=515693.58

Y=4707894.59

Punto y:

X=515823.86

Y=4708002.27

Tramos e-g. Tramo que comprende desde el punto y (X=515823.86, Y=4708002.27) hasta el punto g (X=515517.18, Y=4708060.76), siguiendo la línea principal del parcelario que limita con la Avenida del Salnés hacia el Norte.

Punto f:

X=515575.94

Y=4708048.46

Punto g:

X=515517.18

Y=4708060.76

Tramos g-j. Fachada trasera de las edificaciones del frente oeste de la carretera de Vilagarcía desde el punto g (X=515517.18, Y=4708060.76) hasta el punto j (X= 515417.44, Y=4707738.85).

Punto h:

X=515509.24

Y=4708014.66

Punto i:

X=515474.02

Y=4708006.92

Punto j:

X= 515417.44

Y=4707738.85

Tramos j-p. Límite parcelario de las edificaciones que dan frente a la Plaza de Fefiñáns y calles que salen directamente de esta, desde el punto j (X= 515417.44, Y=4707738.85) hasta el punto p (X=515401.42, Y=4707540.28).

Punto k:

X=515387.03

Y=4707746.78

Punto l:

X=515360.14

Y=4707720.51

Punto ll:

X=515380.87

Y=4707707.79

Punto m:

X=515371.15

Y=4707685.78

Punto n:

X=515364.90

Y=4707649.23

Punto ñ:

X=515354.66

Y=4707601.02

Punto o:

X=515396.89

Y= 4707596.33

Punto p:

X=515401.42

Y=4707540.28

Tramos p-a. Límite Sur. Se asume en este límite el límite Sur de la Calle Valle-Inclán, en el tramo que une la Calle Real con la Avenida del Salnés.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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