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Documento BOE-A-2010-2252

Orden TIN/258/2010, de 2 de febrero, por la que se crea un fichero de datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 11 de febrero de 2010, páginas 12668 a 12669 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-2252
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2010/02/02/tin258

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el Diario oficial correspondiente. El artículo 52.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, aprobado por Real Decreto 1720/2007, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de titularidad pública sólo podrá hacerse por medio de disposición general o acuerdo publicados en «Boletín Oficial del Estado» o en el Diario oficial correspondiente.

A fin de dar cumplimiento al mandato de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y a su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, anteriormente citados, y asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos, se hace necesaria la creación del fichero de datos de carácter personal denominado «Permisos y Autorizaciones a Extranjeros», gestionado por la Dirección General de Inmigración.

Esta disposición ha sido informada por la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Trabajo e Inmigración a tenor de lo preceptuado por el artículo 2.1.g) de la Orden TIN/3644/2009, por la que se regulan la composición y funciones de dicha Comisión.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Creación del fichero de datos de carácter personal.

Se crea en el Ministerio de Trabajo e Inmigración el fichero de datos de carácter personal denominado «Permisos y Autorizaciones a Extranjeros», que se describe y regula en el Anexo a esta Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de febrero de 2010.–El Ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho Chaves.

ANEXO

Identificación del fichero:

Denominación del fichero: Permisos y autorizaciones a extranjeros.

Finalidad y usos previstos: Tramitación de permisos y autorizaciones que se concedan a extranjeros para residir y trabajar en España. Gestión de estadísticas internas. Gestión de las competencias del Ministerio de Trabajo e Inmigración en materia de extranjería. Advertir a extranjeros y empleadores de la necesidad de renovación de permisos. Procedimiento administrativo.

Origen de los datos:

Colectivos o categorías de interesados: Inmigrantes, empleadores.

Procedencia y procedimientos de recogida de datos:

Otras personas físicas, el propio interesado o su representante legal, Administraciones Públicas.

La recogida de datos se realizará a través de formularios de solicitud formalizados a disposición de los interesados en las direcciones: http://www.map.es/servicios/servicios on line/extranjeria/modelos oficiales solicitudes.html y http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/. El formulario se entrega junto con la documentación necesaria en la Oficina de Extranjeros o Unidad de Extranjería correspondiente en el órgano competente de la Comunidad Autónoma, cuando esta haya asumido competencias en materia de trabajo.

Estructura básica del fichero:

Otros datos especialmente protegidos.

Salud.

Datos de infracciones.

Datos relativos a infracciones pernales y datos relativos a infracciones administrativas.

Datos de carácter identificativo.

Nombre y apellidos, NIF/DNI, firma electrónica dirección, firma/huella, número de la Seguridad Social/Mutualidad, teléfono.

Otros tipos de datos:

Académicos y profesionales.

Económicos, financieros y de seguros.

Circunstancias sociales.

Información comercial.

Características personales.

Detalles del empleo.

Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado.

Comunicaciones de datos previstas: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Órganos Judiciales, otros Órganos de la Administración del Estado, otros Órganos de la Comunidad Autónoma, Tesorería General de la Seguridad Social, Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Ministerio de Justicia, Defensor del Pueblo, Comunidades Autónomas.

Responsable del fichero: Dirección General de Inmigración.

Servicio o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Inmigración.

Nivel de seguridad: Nivel alto.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/02/2010
  • Fecha de publicación: 11/02/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 12/02/2010
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Trabajo e Inmigración

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