Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-15308

Orden EDU/2594/2010, de 20 de septiembre, por la que se concede subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas, mediante un programa de prácticas formativas en empresas de Europa, Estados Unidos, Canadá y Asia (programa FARO GLOBAL).

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 6 de octubre de 2010, páginas 84751 a 84751 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-15308

TEXTO ORIGINAL

La Orden EDU/1624/2010, de 8 de junio (Boletín Oficial del Estado de 19 de junio), hizo pública la convocatoria de una subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas mediante un programa de prácticas formativas en empresas de Europa, Estados Unidos, Canadá y Asia (programa Faro Global).

De conformidad con la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, a la que se refiere el apartado 6 de la Orden de convocatoria, he resuelto:

Primero.–Conceder la subvención a la Fundación General de la Universidad de Valladolid, CIF G47382056, para la realización del Programa Faro Global.

Segundo.–La cuantía de la subvención, que se imputará a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 del presupuesto de gasto del Ministerio de Educación, es de 8.009.000,00 euros, distribuidos en tres anualidades: 3.203.600,00 euros con cargo al ejercicio 2010; 2.402.700,00 euros con cargo al ejercicio 2011, y 2.402.700,00 euros con cargo al ejercicio 2012.

Tercero.–El programa estará vigente desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado hasta el 31 de diciembre de 2013.

Cuarto.–El beneficiario está obligado a cumplir el programa y actuaciones contenidos en el proyecto presentado y demás normas que sobre justificación, seguimiento y control se mencionan en la Orden de convocatoria.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica  6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 20 de septiembre de 2010.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/2607/2009, de 16 de septiembre), el Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid