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Documento BOE-A-2009-18103

Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales, por la que se autoriza al Cabildo Insular de Gran Canaria para emitir deuda pública por importe de 51.272.000 euros.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 13 de noviembre de 2009, páginas 95559 a 95561 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2009-18103

TEXTO ORIGINAL

El Cabildo Insular de Gran Canaria solicita autorización para emitir Deuda Pública por importe de 51.272.000 euros, con destino a la financiación de las inversiones contenidas en el Presupuesto de 2009.

Esta emisión de títulos tiene consignación en el Presupuesto de 2009 y está incluida en el Plan económico-financiero aprobado por el Pleno del Cabildo Insular en sesión celebrada el día 26 de junio de 2009, que prevé liquidar el presente ejercicio con equilibrio o superávit.

Se acredita en el expediente el cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente y constan los informes favorables emitidos por el Comité de Inversiones Públicas y por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de este Ministerio.

Consta asimismo que el Gobierno de la Nación, mediante acuerdo del Consejo de Ministros, adoptado en sesión celebrada en 9 de octubre de 2009, aprobó la cuantía y el destino de esta emisión de deuda pública y la declaró apta para materializar la reserva para inversiones en Canarias, regulada en el artículo 27.4.d), de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del régimen económico y fiscal de Canarias.

En consecuencia con lo anterior y en el ejercicio de las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas por los Reales Decretos 705/2002, de 19 de julio, que regula la autorización de las emisiones de deuda pública de las entidades locales y 1127/2008, de 4 de julio, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda, acuerda:

Primero.–Otorgar autorización al Cabildo Insular de Gran Canaria para realizar una Emisión de Deuda Pública, por importe de cincuenta y un millones doscientos setenta y dos mil euros (51.272.000 euros) con destino a la financiación de inversiones cuya relación e importes consta en el expediente, en las siguientes condiciones:

Importe nominal de la emisión: 51.272.000 euros.

Plazo de la emisión: 5 años.

Nominal de cada valor: 1.000 euros.

Peticiones: Mínimo 1.000 euros (un valor).

Tipo de interés (cupón): El tipo de interés nominal de los bonos será del 1 por ciento anual bruto.

Fechas de pago de cupón: Los cupones serán pagaderos anualmente, en fecha 18 de diciembre de cada año (2010-2014), si alguna de estas fechas resultase no hábil, el pago se realizaría el día hábil inmediatamente posterior.

Período de suscripción pública: Desde el día 16 de noviembre hasta el día 4 de diciembre de 2009.

Fecha de resolución de la oferta pública: 10 de diciembre de 2009, mediante Resolución del Consejero de Hacienda del Cabildo de Gran Canaria.

Fecha de emisión y desembolso: 18 de diciembre de 2009.

Fecha de amortización: 18 de diciembre de 2014.

Precio de emisión: A la par.

Precio de amortización: A la par.

La presente emisión está calificada como apta para la materialización de la Reserva para las inversiones en Canarias.

Entidad Directora Técnica: «Consultores de las Administraciones Públicas, S.A.».

Entidades Colaboradoras: Caja Insular de Ahorros de Canarias (La Caja de Canarias), Caja General de Ahorros de Canarias (Caja Canarias), La Caixa, Caja Rural de Canarias, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), Banco Santander Central Hispano (BSCH), Banesto, Bankinter, Banco Sabadell Atlántico, Caja Madrid, La Caja de Arquitectos, Banco Pastor, Banca March. Banco Popular, Barclays Bank, Caja de Ahorros del Mediterráneo y Caixa Catalunya.

Agente de Pagos: Caja Insular de Ahorros de Canarias (La Caja de Canarias)

Comisiones de colocación: 0,15 % del importe efectivamente suscrito a través de cada Entidad Colaboradora.

Cotización: AIAF.

Representación: Los valores estarán representados mediante anotaciones en cuenta.

Entidad encargada del registro contable de los valores: «Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear).

Segundo.–El Cabildo Insular de Gran Canaria deberá tener a disposición de los interesados la información relevante a efectos de conocer la situación económica y financiera del emisor, así como las características definitivas aprobadas para la presente emisión.

Tercero.–El Cabildo Insular de Gran Canaria deberá consignar en sus Presupuestos la cantidad precisa para el pago de los intereses y amortización de esta Emisión de Deuda.

Cuarto.–De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 705/2002, de 19 de julio, el Cabildo Insular de Gran Canaria deberá publicar íntegramente en el Boletín Oficial del Estado la presente Resolución.

Quinto.–Una vez efectuada la colocación de la emisión que se autoriza deberá el Cabildo Insular de Gran Canaria comunicar a este Centro el importe total suscrito.

Sexto.–La presente autorización se otorga en base al Plan económico-financiero aprobado por el Pleno en sesión celebrada el día 26 de junio de 2009, con vigencia hasta 31 de diciembre del presente ejercicio, que al incorporar el compromiso de liquidar el presente ejercicio con equilibrio o superávit, en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, modifica las previsiones de los ingresos y gastos no financieros contemplados en el presupuesto vigente a la fecha de aprobación del plan.

En caso de no liquidarse con equilibrio o superávit el ejercicio 2009, no será posible la elaboración y aprobación de un nuevo plan económico-financiero en tanto que la Corporación no lo alcance en una futura liquidación presupuestaria con las consecuencias legales que dicho incumplimiento tiene en relación con el otorgamiento de autorización de endeudamiento por esta Dirección General, de conformidad con el artículo 25.4 del reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales.

Séptimo.–Cualquier modificación al presupuesto en vigor que el Cabildo deba efectuar con posterioridad a la presente autorización, deberá ser comunicada, previamente a su tramitación, a esta Dirección General adjuntando el correspondiente informe de evaluación.

Octavo.–Habida cuenta del volumen de recursos de tesorería procedentes de emisiones de deuda pública efectuadas en ejercicios anteriores, la autorización por este Centro directivo de nuevas emisiones de títulos requerirá la justificación de que las inversiones financiadas con la actual emisión y con las autorizadas en años anteriores están comprometidas a la fecha de la solicitud, debiendo presentar informe del estado de ejecución de las mismas.

Lo que se comunica en respuesta al expediente incoado a tales efectos, informándole que contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse ante las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.j) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter previo a su interposición, podrá efectuar a esta Dirección General, dentro del mismo plazo, el requerimiento a que se refiere el artículo 44 de la citada Ley.

Madrid, 2 de noviembre de 2009.–El Director General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales, Alain Cuenca García.

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