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Documento BOE-A-2006-17717

Resolución 12 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se concede la aprobación de modelo del sistema de medida instalado sobre camiones-cisterna destinados al transporte y suministro de líquidos de poca viscosidad almacenados a la presión atmosférica, con excepción de los líquidos alimentarios, marca De Pablos, modelo DPE fabricado y presentado por la empresa Calderería de Pablos, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 10 de octubre de 2006, páginas 35145 a 35146 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2006-17717

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 10 de agosto de 2006, don Arturo de Pablos de Andrés, en nombre y representación de la Entidad «Calderería de Pablos, S. A.», con domicilio social en la calle Fresno, n.º 74, del Polígono Industrial Nicomedes García en Valverde del Majano, 40140 Segovia, presenta solicitud de aprobación de modelo del sistema de medida instalado sobre camiones-cisterna destinados al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (≤ 20 mPa·s) y almacenados a la presión atmosférica, con excepción de los líquidos alimentarios, marca De Pablos, modelo DPE.

Segundo.-Adjunto a dicha solicitud se aporta memoria descriptiva del sistema de medida, firmada por el Ingeniero Técnico Industrial don Sergio de Pablos San Cristóbal, visada por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Segovia, el 8 de agosto de 2006, con el n.º 1273/06, en la que se manifiesta que el sistema presentado es análogo al esquema S3 del punto 4.2 del Anexo de la Orden de 28 de diciembre de 1988, por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, y cumple los requerimientos contenidos en el punto 4 del mencionado Anexo modificados, en su caso, por los recogidos en la Directriz Técnica aprobada por el Centro Español de Metrología y los representantes de las Comunidades Autónomas pertenecientes al Grupo de Coordinación Técnica en Metrología en su reunión del día 25 de febrero del año 2003, por lo que se solicita su aprobación en base al estudio de la documentación aportada y de las comprobaciones realizadas por la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica. Tercero.-Del estudio de la documentación técnica aportada por el solicitante se ha observado que la única modificación introducida respecto al esquema S3 previsto en el punto 4.2 de la Orden de 28 de diciembre de 1988, consiste en la posibilidad de conexión del sistema de medida que se aprueba en la presente Resolución a más de un compartimento del vehículo cisterna. Esta modificación resulta admisible tanto en la Orden mencionada como en la Directriz Técnica aprobada con fecha 25 de febrero de 2003. Cuarto.-Asimismo, se comprueba que todos los elementos del sistema de medida que pueden obtener una aprobación de modelo independiente se encuentran integrados en los subsistemas de medida marca Medición, modelos MES o MEL. Dichos subsistemas de medida se encuentran aprobados por Resolución de 15 de julio de 1999 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, con signos de aprobación de modelo 16-H-011-99003 y 16-H-011-99004. Quinto.-Esta Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica estima que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.

Fundamentos jurídicos

Primero.-La Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica es competente, en el ámbito territorial de Castilla y León, del control metrológico legal de los instrumentos de medida, regulado por la Ley 3/1985 de Metrología, de conformidad con la Ley Orgánica 4/1983 de 25 de febrero de Estatuto de Autonomía de Castilla y León modificada por la Ley Orgánica 4/1999 de 8 de enero y el Decreto 112/2003 de 2 de octubre por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Empleo y la Orden EYE/1600/2003 de 13 de noviembre que la desarrolla. Segundo.-La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la orden de 26 de diciembre de 1988 por la que se regula el control de contadores volumétricos de líquidos distintos del agua y de sus dispositivos complementarios y la Orden de 28 de diciembre de 1988, por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos del agua establecen los requisitos reglamentarios que deben cumplir este tipo de sistemas de medida para poder ser aprobados. Tercero.-El punto 4.1 del Anexo de la citada Orden de 28 de diciembre de 1988 establece que los sistemas de medida montados sobre camiones cisterna considerados en los puntos 2.2 y 2.4 pueden obtener una aprobación de modelo o, en su caso, una aprobación de modelo CEE a partir únicamente del estudio de la documentación presentada, si están de acuerdo con uno de los esquemas del punto 4.2 y satisfacen determinadas condiciones. Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados y a propuesta del Servicio de Promoción y Apoyo al Sector Industrial, resuelvo:

Primero.-Conceder aprobación de modelo del sistema de medida instalado sobre camiones-cisterna destinados al transporte por carretera y al suministro de líquidos de poca viscosidad (viscosidad ≤ 20 mPa·s) y almacenados a la presión atmosférica, con excepción de los líquidos alimentarios, marca De Pablos, modelo DPE, a favor de la Entidad «Calderería de Pablos, S. A.», inscrita en el Registro de Control Metrológico con el número: 17-H-004.

Las denominaciones y características son:

Marca: De Pablos

Modelo: DPE Versiones: DPE 250, DPE 500 y DPE 750 Características metrológicas:

Versión

DPE 250

DPE 500

DPE 750

Subsistemas de medida

MES ó MEL

MES ó MEL

MES ó MEL

Cámara de medida

SM-5 ó M-5

SM-7 ó M-7

SM-15 ó

M-15

Caudal máx.

250 l/min

500 l/min

750 l/min.

Caudal mín.

25 l/min.

50 l/min.

100 l/min.

Suministro mín.

50 litros

100 litros

Presión máx.

4 bar

6 bar

Líquidos a medir

Gasolinas y gasóleos*

Margen Temp.

-10. ºC a +50. ºC

* Con viscosidad ≤ 20 mPa·s

Segundo.-El signo de aprobación de modelo asignado será:

H -004

17

06001

Tercero.-Los sistemas de medida correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere la presente Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible e indeleble, las siguientes inscripciones de identificación:

Nombre y anagrama del fabricante.

Denominación del modelo y versión. Número de serie y año de fabricación. Caudal máximo en l/min. Caudal mínimo en l/min. Suministro mínimo en litros. Presión máxima de funcionamiento, en bar. Clase de líquidos a medir. Margen de temperatura de funcionamiento, en grados centígrados. Signo de aprobación de modelo. Indicación del esquema adoptado.

Cuarto.-Previo a su comercialización, los sistemas de medida objeto de la presente Resolución tendrán que superar el control de verificación primitiva realizado por un laboratorio oficialmente autorizado, justificando el mismo mediante la colocación de los precintos de garantía y las etiquetas identificativas según se describe y representa en los planos contenidos en el Anexo Técnico del Certificado de Aprobación de Modelo.

Quinto.-Los sistemas correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el Anexo Técnico del Certificado de Aprobación de Modelo. Sexto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 2.º del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo tiene validez de diez años, pudiendo ser prorrogado por períodos sucesivos que no podrán exceder de diez años, previa petición del titular. La validez de la aprobación de modelo del sistema de medida queda condicionada a la validez de la aprobación tanto del contador volumétrico como del subsistema de medida que lo integra. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Valladolid, 12 de septiembre de 2006.-El Director General de Industria e Innovación Tecnológica, Juan Casado Canales.

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