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Documento BOE-A-2005-14466

Resolución de 26 de julio de 2005, de Parques Nacionales, por la que se conceden subvenciones públicas estatales en las áreas de influencia socio-económica de los Parques Nacionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 24 de agosto de 2005, páginas 29444 a 29452 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2005-14466

TEXTO ORIGINAL

Primero.-De acuerdo con el Real Decreto 940/1999, de 4 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 18 de junio, y conforme a la Resolución de 28 de enero de 2004 de la Presidencia del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se convoca la concesión de subvenciones públicas estatales en las áreas de influencia socio-económica de los Parques Nacionales para el ejercicio 2004 (Boletín Oficial del Estado 26 de febrero de 2004), se han llevado a cabo las actividades de instrucción que se determinan en los mismos. Vistas las propuestas de las Comisiones Mixtas de Gestión de los Parques Nacionales y el informe favorable del Consejo de la Red de Parques Nacionales, emitido en su reunión de 21 de marzo de 2005, esta Presidencia resuelve conceder las subvenciones que se relacionan en los anexos I, II y III que se acompañan. Segundo.-Esta Resolución es desestimatoria del resto de solicitudes que no aparecen en dichos anejos. No obstante, para consulta de los interesados, en el tablón de anuncios del Organismo Autónomo Parques Nacionales, c/ Gran Vía de S. Francisco, n.º 4, de Madrid, se expondrá durante un periodo de 30 días, a contar desde la fecha de publicación de la presente Resolución, la relación completa de solicitudes recibidas y su calificación final. Tercero.-Las prorrogas para la justificación de la primera anualidad que, en razón del corto plazo disponible, sean solicitadas por los beneficiarios, serán concedidas automáticamente. Cuarto.-Durante el mes de agosto no correrá el plazo al que se refieren los apartados undécimo y duodécimo de la Convocatoria aprobada por Resolución de 28 de enero de 2004.

Quinto.-De conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, esta Resolución de Concesión de subvenciones agota la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, o interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos a partir de su publicación, no pudiendo interponerse este último hasta que aquél se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 26 de julio de 2005-El Presidente, Antonio Serrano Rodríguez.

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