Por Orden de 16 de agosto de 2004, de la Consejería de
Educación de la Junta de Castilla y León, se declara apto en la fase
de prácticas y aprobado en el procedimiento selectivo de ingreso
al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional,
convocado por Orden de 30 de noviembre de 1998, a don José Manuel
Sánchez Lago, aspirante seleccionado en virtud de cumplimiento
de sentencia de fecha 14 de marzo de 2003, dictada por la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Castilla y León.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real
Decreto 334/2004, de 27 de febrero (Boletín Oficial del Estado
del 28), el artículo 17 de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles
del Estado y el Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre,
de atribuciones de competencias en materia de personal.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación de la Junta
de Castilla y León,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionario de carrera del Cuerpo de
Profesores Técnicos de Formación Profesional, a don José Manuel
Sánchez Lago, especialidad de Procesos Comerciales, con Número
de Registro de Personal 1238669124 A0591, Documento
Nacional de Identidad 12386691 y una puntuación de 5,3911.
Segundo.-El Sr. Sánchez Lago, se considerará ingresado en
el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, con
efectos de 1 de septiembre de 2000.
Tercero.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía
administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 13 de octubre de 2004.-La Ministra, P. D. (Orden
ECI/1217/2004, de 3 de mayo, B.O.E del 6), el Subsecretario,
Fernando Gurrea Casamayor.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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