Visto el expediente de indulto de doña Salud Vega Carrillo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, en sentencia de fecha 15 de diciembre de 1998, como autora de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de dos años y seis meses de prisión y una falta de hurto, a la pena de cinco arrestos de fin de semana, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 20 de abril de 2001,
Vengo en indultar a doña Salud Vega Carrillo las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 20 de abril de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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