De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1, párrafo
sexto, del Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre
fondos de garantía de depósitos en entidades de crédito, el
mandato de los miembros de las Comisiones Gestoras de los Fondos
de Garantía de Depósitos será de cuatro años. En consecuencia,
Vengo a declarar el cese, por expiración de su mandato, con
efectos del día 6 de abril de 2001, de don José Vilarasau Salat,
don Amado Franco Lahoz, don Ramón Bono Guardiola y don
Fernando Spagnolo de la Torre, como miembros titulares, y de don
Juan Ramón Quintás Seoane y don Juan Pablo Sánchez
Sánchez-Seco, como miembros suplentes, todos ellos de la Comisión
Gestora del Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro,
agradeciéndole los servicios prestados.
Lo que comunico a V. E. a los efectos oportunos.
Madrid, 6 de abril de 2001.
DE RATO Y FIGAREDO
Excmo. Sr. Gobernador del Banco de España.
Ilmo. Sr. Presidente de la Comisión Gestora del Fondo de Garantía
de Depósitos en Cajas de Ahorro.
Ilma. Sra. Directora general del Tesoro y Política Financiera.
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