Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las
pruebas selectivas para cubrir plazas del Ministerio de Educación
y Cultura, afectadas por el artículo 15 de la Ley 30/1984, de
2 de agosto, modificado por la Ley 23/1988, de 28 de julio,
mediante ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, convocadas por
Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo el día 4 de diciembre
de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del día 30), y verificada la
concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la
convocatoria.
En su virtud, esta Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado y el artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de
28 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de diciembre),
de atribución de competencias en materia de personal, a propuesta
de la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad y Consumo, resuelve:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera de la Escala Técnica
de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad
y Consumo, a los aspirantes aprobados que se relacionan en los
anexos I y II de esta Resolución, según se encuentren,
respectivamente, en las situaciones de servicio activo o excedencia
voluntaria, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con
expresión de los destinos que se les adjudican.
Segundo.-Para adquirir la condición de funcionarios de
carrera, deberán prestar juramento o promesa, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, y tomar
posesión en sus destinos en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín
Oficial del Estado". A los aspirantes aprobados que durante el
desarrollo del proceso selectivo han sido transferidos al servicio
de Comunidades Autónomas, el puesto de trabajo a desempeñar
les será adjudicado por el órgano administrativo competente de
la respectiva Comunidad Autónoma, de conformidad con lo
previsto en el Acuerdo de la Comisión de Coordinación de la Función
Pública de 28 de mayo de 1998.
Tercero.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su
publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.a),
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro
recurso que se pudiera interponer.
Lo que comunico a VV.II.
Madrid, 30 de diciembre de 1999.-El Secretario de Estado,
Ignacio González González.
Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Ministerios de Sanidad y
Consumo y Educación y Cultura y Director general de la Función
Pública.
ANEXO I: (Ver imágenes páginas 4832 y 4833).
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