La Secretaría de Estado para la Administración Pública, al amparo
de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
ha suscrito un acuerdo de encomienda de gestión, de fecha 29 de abril
de 1999, con la Subsecretaría del Ministerio de Educación y Cultura, por
el que se encomienda a la citada Subsecretaría la gestión material de
las pruebas de acceso a la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos,
derivadas del proceso de consolidación del empleo temporal.
Para general conocimiento se dispone la publicación del citado acuerdo
como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 20 de mayo de 1999.-El Subsecretario, Juan Junquera
González.
ANEXO
Acuerdo de encomienda de gestión a la Subsecretaría del Ministerio
de Educación y Cultura
Primero.-La Secretaría de Estado para la Administración Pública y
la Subsecretaría del Ministerio de Educación y Cultura acuerdan, en el
marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, que la citada Subsecretaría lleve a cabo,
por razones de eficacia, la gestión material de las pruebas selectivas de
acceso a la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos en el ámbito de
la Subsecretaría de Educación y Cultura, al objeto de proceder a la
consolidación de aquellos puestos que tengan asignadas funciones de Auxiliar
Administrativo incardinando dicho proceso en las prioridades de la
Planificación Integral de los Recursos Humanos en la Administración General
del Estado.
Para ello, la convocatoria de dichas pruebas selectivas preverá la
reubicación de los funcionarios que obtengan plaza en los Servicios Centrales
del Ministerio de Educación y Cultura, en Madrid, en otras unidades de
la Administración General del Estado, en la ciudad de Madrid con mayores
necesidades de personal, en los términos establecidos en el artículo 61
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
Segundo.-La gestión material que se encomienda, con respecto a la
Escala citada en el apartado anterior, se concretará en las siguientes
actividades, con el alcance que en cada caso se señala:
a) Recepción de solicitudes de participación en las pruebas selectivas.
b) Propuesta de las resoluciones por las que se declaren aprobadas
las listas de admitidos y excluidos y se señalen el lugar y la fecha de
comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos,
con indicación de las causas de exclusión.
c) Propuesta de los miembros que han de formar los tribunales
calificadores de las pruebas.
d) Gestión de la operativa necesaria para el desarrollo material de
los ejercicios.
e) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en las convocatorias a las que hace
referencia el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 marzo.
f) Cualquier otra gestión relacionada con el proceso selectivo, siempre
que no suponga alteración de la titularidad de la competencia ni de los
elementos sustantivos de su ejercicio.
Tercero.-Correrán a cargo de la sección presupuestaria "Ministerio
de Educación y Cultura", los gastos originados por la gestión material
objeto de la presente encomienda.
Cuarto.-El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de
dieciocho meses, a contar desde la fecha de publicación del presente
Instrumento en el "Boletín Oficial del Estado".
Quinto.-La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad
de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio,
atribuidas a la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
Sexto.-Es responsabilidad de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que
den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto
de la presente encomienda de gestión.
Disposición adicional.
Suscriben el presente instrumento de formalización de encomienda
de gestión el Secretario de Estado para la Administración Pública y la
Subsecretaria de Educación y Cultura.
Madrid, 29 de abril de 1999.-El Secretario de Estado para la
Administración Pública, Ignacio González González.-La Subsecretaria de
Educación y Cultura, Ana Pastor Julián.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid