En el recurso contencioso-administrativo número 1.699/1995, referente al expediente de marca número 1.678.898/2, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Orsem, S.A.R.L.", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de marzo y 12 de julio de 1995, se ha dictado, con fecha 20 de octubre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por el Procurador señor Sorribes Torra en nombre de "Orsem, S.A.R.L.", contra la resolución de 12 de julio de 1995, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, la que declaramos válida y ajustada a Derecho; sin perjuicio de los efectos que produzca la resolución de la misma Oficina que anuló la solicitud de inscripciones de la marca cuestionada."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 27 de febrero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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