Visto el expediente de indulto de don Basilio Bermúdez Rosillo, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal de Zamora, en sentencia de fecha 9 de octubre
de 1996, como autor de un delito consumado de robo con fuerza, a la
pena de dos meses y un día de arresto mayor, con las accesorias de
suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 1994; a propuesta de la
Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en
su reunión del día 20 de noviembre de 1998,
Vengo en indultar a don Basilio Bermúdez Rosillo la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone
el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación
y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la
publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 20 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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