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Documento BOE-A-1997-4818

Orden de 15 de febrero de 1997 por la que se convoca concurso para la selección de centros públicos de enseñanzas anteriores a la Universidad que deseen desarrollar proyectos educativos que integren los medios tecnológicos en dichas enseñanzas en el marco de los proyectos «Atenea» y «Mercurio».

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 1997, páginas 7319 a 7322 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-4818

TEXTO ORIGINAL

En el curso académico 1985-1986 comenzó el desarrollo de los proyectos «Atenea» (para la introducción de los medios informáticos) y «Mercurio» (para la introducción de los medios audiovisuales) en las enseñanzas básica y media. La incorporación de centros educativos a la fase experimental de ambos proyectos se dio por terminada en el año 1988.

El Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación, unidad encargada de la dirección de ambos proyectos, diseñó una fase de extensión, a partir de 1990, en la que a través de sucesivas convocatorias anuales se seleccionaron nuevos centros educativos para extender la experiencia acumulada durante los años de la fase experimental a un mayor número de centros.

Hasta la convocatoria correspondiente al curso escolar 1995-1996, se han ido incorporando centros educativos a uno u otro proyecto de forma separada. Sin embargo, el escenario global en el que se desarrollan las actuaciones de introducción de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito educativo está viviendo una profunda transformación debido al efecto de hechos como la convergencia de los soportes de la información hacia el medio digital, el aumento progresivo de las infraestructuras y del ancho de banda en las comunicaciones, la conectividad global a través de Internet y la pérdida de peso específico de la tecnología frente a los contenidos. Por estas razones, junto con otras de carácter organizativo y de evolución de la formación a distancia, el Programa de Nuevas Tecnologías ha orientado sus objetivos generales, diseñando nuevas vías de incorporación de los centros educativos a los proyectos de utilización de las nuevas tecnologías en el aula, de acuerdo con el enfoque integrador antes aludido.

El objetivo es el de aumentar progresivamente el número de Profesores y de Profesoras que realicen actividades docentes con alumnos utilizando las mencionadas tecnologías. Por esta razón, la presente convocatoria contempla nuevas modalidades de participación, vinculadas a las tecnologías de vídeo digital y multimedia por un lado, y a la introducción de la Sociedad de la Información como eje temático en la escuela por otro, que posibiliten la incorporación de nuevos centros públicos de Educación Primaria y Secundaria dentro del marco integrado de los proyectos «Atenea» y «Mercurio».

Por ello, el Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.-Modalidad a): Convocar un concurso para la selección de, al menos, 100 centros públicos de Educación Secundaria y de Educación de Personas Adultas que impartan anticipadamente las enseñanzas correspondientes de Educación Secundaria para Personas Adultas, dependientes del Ministerio de Educación y Cultura y cuyo profesorado desee utilizar las tecnologías informáticas aplicadas a la edición de vídeo digital y al multimedia en el desarrollo del currículo del área y nivel educativo que imparte. Dichos centros no deben haber sido seleccionados en convocatorias anteriores del proyecto «Atenea».

Modalidad b): Convocar un concurso para la selección de, al menos, 300 centros públicos de Educación Primaria, Educación Secundaria y de Educación de Personas Adultas, dependientes del Ministerio de Educación y Cultura, cuyo profesorado desee utilizar, con finalidad educativa, las tecnologías informáticas para el acceso a la información digital a través de Internet y para la promoción e impulso de la biblioteca escolar del centro. Dichos centros no deben haber sido seleccionados en convocatorias anteriores del proyecto «Atenea».

Segundo.-La solicitud de participación en el marco de los proyectos «Atenea» y «Mercurio» integrados (siguiendo el modelo del anexo IV), deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

1. Certificación del Secretario del Consejo Escolar y del Claustro de Profesores sobre el acuerdo favorable para la participación en el presente concurso.

2. Datos del centro de acuerdo con el anexo I de la presente Orden.

3. Un documento en el que se describa el uso que piensan dar a los recursos tecnológicos, cómo organizarán el acceso a los mismos y cómo repercutirá la formación que reciban en el desarrollo del Proyecto Curricular de Etapa.

4. Relación de los Profesores y Profesoras, entre un mínimo de cinco y un máximo de diez, que se responsabilizan del desarrollo de dicho proyecto, de acuerdo con el anexo II.

5. Los centros que se acojan a la modalidad a), prevista en el apartado primero, deberán cumplimentar el anexo III, en el que se hace constar la adecuación del equipamiento preexistente en el centro, así como el compromiso de su dedicación al desarrollo de las actividades previstas. La dotación mínima con la que el centro debe contar, o bien, comprometerse a adquirir con presupuesto propio en el caso de participar por dicha modalidad es de una cámara de vídeo, un televisor y un magnetoscopio.

En el caso de los centros de Educación Secundaria, un mismo centro podrá concurrir a las dos modalidades del concurso si lo hace con profesorado distinto en cada caso, con el objeto de posibilitar que un mayor número de Profesores tengan acceso a la formación si el centro es seleccionado.

Tercero.-La solicitud y el resto de la documentación, firmadas por el Director o Directora del centro, se dirigirán al Director o Directora provincial del Ministerio de Educación y Cultura y se entregarán o se remitirán por correo certificado al Registro de la Dirección Provincial correspondiente, en el plazo de veinticinco días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Una copia de la documentación que se presente se archivará en el centro.

En el caso de centros dependientes del Ministerio de Educación y Cultura, situados en Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de Educación, la solicitud se remitirá al Director del Programa de Nuevas Tecnologías, calle Torrelaguna, número 58, 28027 Madrid. Para los centros dependientes del Ministerio de Educación y Cultura ubicados en el extranjero, la solicitud deberá presentarse a la Consejería de Educación de la Embajada de España o, en su defecto, a la Subdirección General de Cooperación Internacional, paseo del Prado, 28, 28014 Madrid, para su informe y remisión al Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación.

Cuarto.-En cualquiera de las modalidades que se solicite habrá un Profesor o Profesora responsable del desarrollo del proyecto, elegido por el Director o Directora y bajo la dependencia del Jefe o Jefa de Estudios.

Quinto.-1. Los Profesores y las Profesoras responsables del proyecto en cada centro recibirán una formación específica a distancia, con la posibilidad de realizar, de forma puntual, jornadas presenciales de coordinación.

2. Los contenidos de formación se estructurarán en bloques temáticos relativos a aspectos técnicos y didácticos propios de cada proyecto y módulos generales de telemática y tecnología educativa.

3. La formación de todos los Profesores y Profesoras implicados en los proyectos se desarrollará durante los cursos escolares 1996-1997 y 1997-1998. Esta formación, que podrá ser impartida en diferentes fases, se realizará de forma no presencial. Las actividades que se desarrollen como consecuencia de la misma en cada ciclo, área o asignatura, se recogerán en las correspondientes programaciones de ciclo, área o departamento que se incluyen en la Programación General Anual del centro y, al final de curso, en la Memoria de actividades del centro. La formación será diseñada, impartida y certificada por el Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación.

Sexto.-1. En cada Dirección Provincial se constituirá una Comisión, compuesta del modo siguiente:

Presidencia: El Director o Directora provincial del Ministerio de Educación y Cultura o persona en quien delegue.

Vicepresidencia: El Jefe o Jefa de la Unidad de Programas Educativos de la Dirección Provincial.

Vocales: Un Asesor o Asesora técnico docente de la Unidad de Programas Educativos; un Asesor o Asesora de Tecnologías de la Información de uno de los centros de Profesores y de Recursos de la provincia, elegido por sorteo, y un Inspector o Inspectora de Educación de la Dirección Provincial correspondiente.

Secretaría: El Secretario o Secretaria de la Dirección Provincial o persona en quien delegue.

Para los centros dependientes del Ministerio de Educación y Cultura en Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia educativa, esta Comisión estará formada por Inspectores centrales, y presidida por el Subdirector general del Servicio de Inspección Técnica de Educación.

2. Esta Comisión valorará por separado las solicitudes de cada modalidad de las establecidas en el apartado primero, teniendo en cuenta la documentación aportada. En el caso de que se participe por la modalidad a) se valorará la experiencia del centro en el ámbito de la innovación educativa, así como la formación y experiencia del profesorado en el uso didáctico de los medios audiovisuales y la experiencia en la impartición de asignaturas de nuevas tecnologías. En el caso de que se participe por la modalidad b), se valorará la experiencia del centro en el ámbito de la innovación educativa y la formación y experiencia del profesorado en actividades de impulso a la biblioteca escolar y de animación a la lectura, en esta modalidad b) se dará preferencia a los centros de Educación Primaria sobre los de Educación Secundaria cuando los méritos sean equivalentes. Con carácter general se valorará que el centro escolarice a alumnos y a alumnas con necesidades educativas especiales, o que pertenezcan a minorías étnicas o culturales, así como que se encuentre situado en zona rural o de entorno social deprimido. También se valorará que entre los miembros del equipo figuren Profesores o Profesoras que hayan pertenecido anteriormente a equipos pedagógicos del proyecto «Atenea» o al proyecto «Mercurio».

3. Las Direcciones Provinciales, dentro de los veinticinco días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, enviarán al Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación del Ministerio de Educación y Cultura una copia del acta de la Comisión y una copia de toda la documentación aportada por los centros evaluados por la Comisión. Cada Dirección Provincial solicitará a los centros evaluados los datos que no se hayan cumplimentado y sean requeridos por los anexos, con el fin de disponer de toda la información necesaria antes de remitir la documentación al Programa de Nuevas Tecnologías. El acta incluirá:

a) La relación de los centros que concursan a la modalidad a) del apartado primero ordenados según la valoración efectuada por la Comisión.

b) La relación de los centros que concursan a la modalidad b) del apartado primero ordenados según la valoración efectuada por la Comisión.

c) La concreción de los criterios utilizados para la valoración de las solicitudes.

Séptimo.-El Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación realizará la selección definitiva de los centros entre los participantes en la convocatoria, basándose en las actas remitidas por las Direcciones Provinciales y, en su caso, en la documentación que aporta el centro. Mediante Resolución de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional se hará pública la relación de centros seleccionados.

Octavo.-El Ministerio de Educación y Cultura, a través del Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación, dotará a los centros seleccionados del material que se determine. Los centros seleccionados recibirán, a lo largo del año 1997, la dotación de un ordenador con los periféricos apropiados para el desarrollo del proyecto en que participen y una cantidad económica de 20.000 pesetas para los gastos de puesta en marcha del proyecto con cargo a la aplicación presupuestaria 18.09.422O.229.

Noveno.-El Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación pondrá en marcha las actuaciones correspondientes para el desarrollo de todas las acciones de formación, dotación y certificación comprendidas en la convocatoria así como podrá solicitar, a través de cada Dirección Provincial, cuantas comprobaciones o informes de progreso resulten necesarios para el cumplimiento de los objetivos marcados en cada proyecto.

Décimo.-La selección de un centro por esta convocatoria podrá anularse y los materiales enviados podrán ser retirados por el Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación, previo informe de la Dirección Provincial correspondiente, a causa de la infrautilización o el uso no adecuado de dichos materiales en relación con los objetivos de los proyectos en los que se participa.

Undécimo.-Se autoriza a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional para dictar las instrucciones oportunas para la ejecución de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo previa la comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 15 de febrero de 1997.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmos. Sres. Directores generales de Centros Educativos, de Formación Profesional y Promoción Educativa y de Coordinación y de la Alta Inspección.

ANEXO I

Datos generales del centro

Indicar en qué modalidad de las contempladas en el apartado primero de la orden se solicita participación (márquese una X donde proceda):

i Modalidad a).

i Modalidad b).

i Ambas modalidades (sólo centros de Educación Secundaria).

Nombre del centro

Nivel educativo

CPR en cuya demarcación se halla

Código del centro

Dirección (calle o plaza) Número

Localidad Provincia

Código postal Teléfono (con prefijo)

Director o Directora

Responsable del proyecto [modalidad a)]

NIF

NRP

Situación administrativa del responsable

Responsable del proyecto [modalidad b)]

NIF

NRP

Situación administrativa del responsable

Número total de alumnos/as (diurno)

Número total de alumnos/as (nocturno)

Número total de Profesores/as

Porcentaje de alumnos/as, con respecto al total del centro, a los que afectaría el desarrollo del/de los proyecto(s)

Número de Profesores/as participantes en los proyectos que ya han recibido formación sobre la introducción de las nuevas tecnologías informáticas o audiovisuales en la enseñanza dentro de los proyectos «Atenea» y «Mercurio»

En a de de 1996.

El/la Director/a del centro

(sello del centro)

ANEXO II

Relación de Profesores/as que se responsabilizan del desarrollo del proyecto (mínimo de cinco y máximo de diez)

Indicar en qué modalidad de las contempladas en el apartado primero de la orden se solicita participación (márquese una X donde proceda):

i Modalidad a).

i Modalidad b).

Nombre del centro

Localidad Provincia

Departamento,

ciclo o área / Apellidos y nombre / NIF / NRP

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Se adjuntará a esta hoja la relación de méritos de cada uno de los Profesores/as en hojas separadas. Los méritos alegados deberán poder justificarse documentalmente.

En a de de 1997.

El/la Director/a del centro

(sello del centro)

Nota: En el caso de centros de Educación Secundaria que concurran a las dos modalidades de proyectos, se adjuntarán dos relaciones de Profesores/as, necesariamente distintas, una por cada modalidad en la que se participa.

ANEXO III

Proyectos «Atenea» y «Mercurio» integrados

[Sólo para centros educativos que soliciten participar mediante la modalidad a) del apartado primero]

Equipos de que dispone el centro o va a adquirir con presupuesto propio y que dedicará al proyecto que solicita dentro de esta convocatoria:

Magnetoscopios

Televisores

Cámara de vídeo

Otros

En a de de 1997.

El/la Director/a del centro

(sello del centro)

ANEXO IV

Modelo de solicitud de participación en los proyectos «Atenea» y «Mercurio» integrados

Don/doña

Director/a del

DECLARA:

Que dicho centro cumple las condiciones requeridas para participar en el concurso para la selección de centros públicos de enseñanzas anteriores a la Universidad que deseen desarrollar proyectos educativos que integren los medios tecnológicos en dichas enseñanzas en el marco de los proyectos «Atenea-Mercurio» integrados. Declara también ser ciertos todos los datos recogidos en la documentación adjunta. Por consiguiente,

SOLICITA:

Sea admitida a trámite la documentación presentada para concurrir al mencionado concurso, de acuerdo con la modalidad a)/modalidad b)/ambas modalidades (táchese lo que no proceda) establecida en el apartado primero de la orden de convocatoria.

En a de de 1997.

El/la Director/a del centro

(sello del centro)

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