La ciudad de Beira, a unos 1.000 kilómetros al norte de Maputo, es la segunda en importancia del país, tanto económica como demográficamente. La comunidad española residente en Beira está formada por religiosos, empresarios y marineros a los que es necesario prestar la adecuada asistencia. Por todo ello, se hace aconsejable la creación de un Consulado Honorario en la ciudad de Beira que permita la protección eficaz de los ciudadanos españoles que en ella residen.
En su virtud, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Maputo y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se crea un Consulado Honorario de España en la ciudad de Beira, con jurisdicción en las provincias de Sofala, Manica y Tete, y dependiente de la Embajada de España en Maputo (Mozambique).
Segundo.-El Jefe del Consulado Honorario de España en Beira tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena, sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 23 de julio de 1997.
MATUTES JUAN
Excmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Política Exterior y para la Unión Europea, y Embajador de España en Maputo.
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