Visto el expediente de indulto de doña Alicia Alonso Gómez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 2 de julio de 1993, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión menor y multa de 2.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de enero de 1996,
Vengo en conmutar a doña Alicia Alonso Gómez la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 15 de enero de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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