Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, el recurso número 2/0000122/1994, interpuesto por doña Concepción Domínguez Díaz, sobre petición de indemnización por razón de servicio, hacer uso de plazo posesorio y reducción de jornada de trabajo como consecuencia del cierre del Centro Penitenciario de hombres de Valencia, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, ha dictado sentencia de 28 de junio de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Primero.-Rechazar las solicitudes, deducidas por el Abogado del Estado, de inadmisibilidad del recurso-administrativo, interpuesto por doña Concepción Domínguez Díaz, contra Resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria de fecha 3 de diciembre de 1993, que desestimaba la petición deducida por la actora con fecha 4 de noviembre de 1993, referente a abono de indemnización por gastos de traslado y locomoción, reducción de jornada y plazo posesorio.
Segundo.-Desestimar dicho recurso.
Tercero.-No efectuar expresa imposición de costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I., para su conocimiento y efectos.
Madrid, 4 de diciembre de 1996.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
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