Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme, dictada con fecha 26 de julio de 1996, por la Sección Quinta de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 5/1.104/1993, promovido por don José Andrés Mendo Vidal, contra resolución presunta de este Ministerio desestimatoria por silencio administrativo del recurso de reposición, formulado sobre adscripción del recurrente a otro puesto de trabajo por redistribución de efectivos en la Dirección Provincial del Insalud de Cáceres, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Andrés Mendo Vidal, en su propio nombre, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición promovido frente a la Resolución del Ministerio de Sanidad y Consumo de 22 de marzo de 1992, debemos declarar y declaramos que las resoluciones impugnadas son conformes a derecho, sin hacer expresa imposición de costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 21 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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