La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 26 de febrero de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 5/918/1993, en el que son partes, de una, como demandante, don Marcelino Cobo Voces, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 9 de marzo de 1993, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del propio Departamento de fecha 30 de octubre de 1992, sobre sanción disciplinaria.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Marcelino Cobo Voces, contra las Resoluciones de 30 de octubre de 1992 y 9 de marzo de 1993, del Ministerio para las Administraciones Públicas, a que se contraen las presentes actuaciones, que se confirman, por ser ajustadas a Derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración.
Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 5 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime RodríguezArana Muñoz.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director General de la Función Pública.
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