De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la expresada sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava), en el recurso número 470/1991, promovido por el Procurador don Fernando Aragón Martín, en nombre y representación del «Banco Zaragozano, Sociedad Anónima», sobre pago de certificación de obra, y cuya ejecución provisional ha sido acordada por dicha Sala, todo ello sin perjuicio de lo que resuelve el Tribunal Supremo, en el recurso de casación formulado por el Abogado del Estado contra la indicada sentencia.
Madrid, 21 de mayo de 1996.-P. D. (81/96), el Secretario general técnico, Diego Chacón Ortiz.
Excmo. Sr. Director general del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
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