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Documento BOE-A-1995-16720

Resolución de 22 de junio de 1995, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad a la Addenda 1995 al Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Andaluz de la Mujer.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1995, páginas 20993 a 20993 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-16720

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose firmado el día 19 de mayo de 1995 una Addenda al Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Andaluz de la Mujer, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Addenda, que figura como anexo a la presente Resolución.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de junio de 1995.-El Subsecretario, Javier Valero Iglesias.

ADDENDA 1995 AL CONVENIO DE COLABORACION SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO DE LA MUJER Y EL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER

SE REUNEN

De una parte: Doña Marina Subirats Martori, Directora general del organismo autónomo Instituto de la Mujer (Ministerio de Asuntos Sociales), nombrada por Real Decreto 1549/1993, de 3 de septiembre.

Y de otra: Doña Carmen Olmedo Checa, Directora general del organismo autónomo Instituto Andaluz de la Mujer (Consejería de Presidencia) nombrada por Decreto 4/1989, de 10 de enero.

Ambas partes, en la representación que ostentan, tienen y se reconocen mutuamente capacidad legal para el otorgamiento de la presente Addenda, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

Que el Instituto de la Mujer y el Instituto Andaluz de la Mujer, como organismos competentes en materia de políticas para las mujeres, el día 26 de diciembre de 1990, suscribieron un Convenio para llevar a cabo conjuntamente programas y actuaciones dirigidas a las mujeres.

En base a lo referido, ambas partes suscriben esta Addenda conforme a las siguientes,

CLAUSULAS

Primera.-Dentro del marco normativo regulado en el citado Convenio, y de acuerdo con su cláusula segunda, ambas administraciones llevarán a cabo conjuntamente, el programa siguiente:

Estancias de Tiempo Libre para mujeres con hijas e hijos a su cargo, exclusivamente.

Este programa va dirigido a mujeres con hijas e hijos menores a su cargo, exclusivamente, en situación de precariedad económica y social, y se realizará durante la primera quincena del mes de julio de 1995, en una localidad costera.

Consistirá en la estancia durante diez días en régimen de pensión completa, con actividades complementarias, tanto para las madres como para sus hijas e hijos.

Procedimiento. Serán funciones del Instituto de la Mujer:

Dictar la Resolución de convocatoria que será publicada en el «Boletín Oficial de Estado».

Contratar los servicios de alojamiento, manutención y póliza de seguro.

Dictar Resolución de adjudicación a propuesta del Instituto Andaluz de la Mujer.

Serán funciones del Instituto Andaluz de la Mujer:

Difundir la convocatoria.

Recibir las solicitudes.

Seleccionar a las beneficiarias, a través de la Comisión correspondiente, y elevar propuesta a la Directora general del Instituto de la Mujer.

El Instituto de la Mujer aportará la cantidad de 10.093.488 pesetas en concepto de gastos de alojamiento, manutención y póliza de seguro, mediante un contrato de asistencia técnica que formalizará el Instituto de la Mujer.

El Instituto Andaluz de la Mujer contratará y correrá con los gastos de transporte por el traslado de las personas beneficiarias desde el lugar de procedencia al de destino y viceversa, material para actividades y el pago de las monitoras, hasta un importe máximo de 7.000.000 de pesetas. Los gastos que sobrepasen esta cantidad por los mismos conceptos, correrán a cargo del Instituto Andaluz de la Mujer.

A las personas beneficiarias se les entregará diverso material divulgativo relacionado con el programa. Los gastos se estima que ascenderán a 340.812 pesetas, de los cuales el Instituto de la Mujer aportará como máximo 64.812 pesetas y el Instituto Andaluz de la Mujer aportará hasta un máximo de 276.000 pesetas. El Instituto de la Mujer contratará este servicio, y los importes que corresponde aportar serán abonados directamente por cada organismo a la empresa suministradora.

Todas las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer se imputarán con cargo a la aplicación 27.107.323B-226.10 del presupuesto de gastos del organismo para 1995.

En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga del programa, deberá constar la colaboración de ambos organismos y figurar expresamente sus logotipos.

Segunda.-El seguimiento de este programa, tal y como contempla la cláusula cuarta del Convenio vigente, lo realizará la Comisión de Seguimiento.

Madrid, 19 de mayo de 1995.-La Directora general del Instituto de la Mujer, Marina Subirats Martori.-La Directora general del Instituto Andaluz de la Mujer, Carmen Olmedo Checa.

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