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Documento BOE-J-2026-88313

OVIEDO. Edicto de 13 de febrero de 2026 en procedimiento concursal número 25/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 43, de 18 de febrero de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2026-88313

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Oviedo. Plaza nº 1

Dirección: Calle LLAMAQUIQUE S/N

Localidad: Oviedo

Código Postal: 33071

Provincia: Asturias

Teléfono: 985245732

Correo electrónico: MARTA.BAIZANCARBALLO@asturias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 25/2026

NIG: 3304447120260000066

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/02/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

Dª. Ana Redondo Valbuena, Letrada de la Administración deJusticia del TRIBUNAL DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL,PLAZA Nº1 DE OVIEDO, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 25/26 (N.I.G. 33044 47 1 2026 0000066), se ha dictado AUTO defecha 11/02/26 DECLARANDO EN CONCURSO VOLUNTARIO a AraceliRodríguez Fernández, con NIF 10581261-L.

2º.- La masa activa declarada por el deudor se ha consideradoinsuficiente en los términos del artículo 37 bis del TRLC

3º.- El pasivo que resulta de la solicitud de concursoasciende a 40.793,14 euros.

4º.- En el plazo de 15 días, a computar desde la última de laspublicaciones de este edicto, que se ha ordenado publicar enel Tablón Judicial Edictal Único y en el Registro PúblicoConcursal, los acreedores que representen, al menos, el cincopor ciento del pasivo, podrán solicitar el nombramiento de unadministrador concursal para que presente informe razonado ydocumentado sobre los extremos referidos en el art. 37 terTRLC. Los acreedores deberán solicitar el nombramiento deadministración concursal con abogado y procurador.

5º.- La retribución del administrador por la emisión delinforme encomendado corresponderá al acreedor o acreedores quelo hubieran solicitado, en la cuantía y plazo que fije el juezdel concurso.

6º.- Contra este auto cabe interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días a contar desde la publicación deeste edicto en el TEJU.

Oviedo, 13 de febrero de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA REDONDO VALBUENA

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