PLAZA Nº 2 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
Dirección: RUA HORTAS S/N 2ª PLANTA
Localidad: PONTEVEDRA
Código Postal: 36004
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Concursal
Número: 150/2024
NIG: 3603847120240000242
Auto
Fecha: 29/10/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores de María Belén Corbacho Ramallo
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 150/24 y NIG nº 36038 47 1 2024 0000242 se ha dictado en fecha 28/10/26 auto cuya parte dispositiva dice: I.-Declarar la CONCLUSIÓN DEL CONCURSO del deudor Dª. MARÍA BELÉN CORBACHO RAMALLO, con NIF 35317419E, con los efectos establecidos en el art. 483 del TRLC y, en especial, el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado. Procédase al ARCHIVO de las actuaciones. II.-Aprobar laRENDICIÓN DE CUENTASpresentada por la administración concursal y CESAR A LA ADMINISTRACIÓN CONCURSALdesignada, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución. III.-Conceder a Dª. MARÍA BELÉN CORBACHO RAMALLO, con NIF 35317419E,la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO, con los efectos previstos en los arts. 490 a 492 ter del TRLC, salvo aquellos créditos que, por expresa inclusión en losSUPUESTOS DE NO EXONERACIÓN DEL ARTÍCULO 489 DEL TRLC, no pudieran ser exonerados, de conformidad a lo resuelto en los fundamentos de derecho de la presente resolución. El alcance de la exoneración quedará circunscrito exclusivamente a las siguientes deudas: ABANCA Corporación Bancaria, S.A.: 60.750,57 €. Crédito ordinario. Deuda correspondiente a la póliza de préstamo 1030/2023, 1.ª INT, 3.º PO. ABANCA Corporación Bancaria, S.A.: 1.923,60 €. Crédito ordinario. Liquidación de cuenta con IBAN ES10 2080 5138 8830 4001 4051. Banco Santander, S.A.: 262,68 €. Crédito ordinario. Cuenta corriente a la vista n.º 0049 7681 3000001482. Banco Santander, S.A.: 30,30 €. Crédito subordinado. Intereses de la cuenta corriente a la vista n.º 0049 7681 3000001482. Banco Santander, S.A.: 2.728,61 €. Crédito ordinario. Contrato de préstamo n.º 0049 0205 04 103 0003296. Banco Santander, S.A.: 3.050,52 €. Crédito ordinario. Contrato de tarjeta n.º 0049 7595 50100800339. EOS Spain, S.L.: 3.265,04 €. Crédito ordinario. Contrato n.º UU0E23010360389, cedido por Santander Consumer. TOTAL CRÉDITOS PENDIENTES: 72.011,32 €. IV.-Se requiere a los acreedores afectados por la exoneración para que la comuniquen a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros. La concursada podrá recabar testimonio de la resolución para requerir directamente a los sistemas de información crediticia la actualización de sus registros para dejar constancia de la exoneración. V.-El reconocimiento del derecho de exoneración del pasivo insatisfecho podrá ser revocado en el plazo de tres años de concurrir alguno de los supuestos previstos en la ley.
PONTEVEDRA, 30 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN JOSE GUTIERREZ MARTIN
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