Está Vd. en

Documento BOE-J-2026-627103

CASTELLÓ DE LA PLANA/CASTELLÓN DE LA PLANA. Edicto de 28 de octubre de 2026 en procedimiento concursal número 17/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 273, de 3 de noviembre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2026-627103

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana. Plaza nº 1

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana

Localidad: Castelló de la Plana/Castellón de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 17/2024

NIG: 1204066120240000018

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 19/10/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 20 dias

Emplazamiento. Plazo: 10 dias

DESTINATARIOS

A todos los interesados y acreedores de D.ª CRISTINA STETE, con Nie X3316853T

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrado de la Administración de Justicia: Dª.MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU

Que en el procedimiento concursal número 17/2024 referente a la concursada D.ª CRISTINA STETE, con Nie X3316853T, por resolución de fecha 19/10/2026, se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, con los siguientes efectos:

1.- CERRAR LA FASE COMÚN del presente concurso.

2.- ABRIR LA FASE DE LIQUIDACIÓNdel presente concurso.

3.- Quedan en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposicióndel concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).

4.- Se acuerda la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuere imprescindible para atender a las necesidades mínimas del concursado, su cónyuge o pareja de hecho inscrita, descendientes bajo su potestad y ascendientes a su cargo.

5.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dine­ro de los que consistan en otras prestaciones.

Castelló de la Plana/Castellón de la Plana, 28 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid