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Documento BOE-J-2026-600508

IGUALADA. Edicto de 19 de octubre de 2026 en procedimiento civil número 1029/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 262, de 22 de octubre de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL Y DE INSTRUCCIÓN/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2026-600508

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Igualada. Plaza nº 3

Dirección: Paseo VERDAGUER 113-117 Igualada

Localidad: Igualada

Código Postal: 08700

Provincia: Barcelona

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1029/2025

NIG: 0810242120240027424

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 26/06/2026

Objeto de la publicación edictal:

Citación. Plazo: 10

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 14/07/2026

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 10

DESTINATARIOS

ALEXANDRA ELIZABETH GARCIA BARCO - NIF/NIE: ***3766**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Admito la demanda presentada por INVESTCAPITAL LTD., sobre Juicio verbal contra ALEXANDRA ELIZABETH GARCIA BARCO. Dese traslado de la demanda, con entrega de una copia de la misma y de los documentos acompañados, a la parte demandada; a quien se emplazará, con entrega de la correspondiente cédula, para que la conteste por escrito en el plazo de DIEZ días hábiles, computados desde el siguiente al del emplazamiento y debe pronunciarse sobre la pertinencia de la celebración de la vista. Y con el apercibimiento de que, si no comparece será declarado en rebeldía conforme al art. 496 LEC. Debe comparecer por medio de procurador legalmente habilitado para actuar en este tribunal y con asistencia de abogado (arts. 23 y 31 LEC). Si carece de medios suficientes para designar abogado y/o procurador, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita, dentro de los TRES días siguientes a recibir la cédula de emplazamiento o citación. En tal caso, se podrá acordar la suspensión del proceso hasta que se produzca el reconocimiento o la denegación del derecho o la designación provisional de abogado y procurador (art.16 LAJG).

El anterior escrito presentado por la Procuradora Marta Pradera Rivero en nombre y representación de INVESTCAPITAL LTD., queda incorporado al procedimiento. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 227.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil(LEC), concedo a las partes el plazo de DIEZ días para que pueden alegar por escrito loque estimen pertinente sobre si en el presente procedimiento se ha podido incurrir en una causa de nulidad de actuaciones en atención a la omisión de tramitación de la admisión de juicio verbal dimanante de procedimiento monitorio.

Igualada, 19 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, Esteban Sanchez Fernandez

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