PLAZA Nº 2 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
Dirección: AVDA. DE LAS COMUNIDADES S/N
Localidad: MERIDA
Código Postal: 06800
Provincia: Badajoz
Teléfono: 924380606
Correo electrónico: mercantil2.badajoz@justicia.es
Concursal
Número: 200/2026
NIG: 0608347120260000152
Auto
Fecha: 30/09/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MARIA YOLANDA GUERRA ORDOÑEZ - NIF/NIE: ***2835**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
Declarar en concurso a Dª MARÍA YOLANDA GUERRA ORDÓÑEZ, con NIF NÚM.***28.35**, toda vez que ha quedado acreditado su estado de insolvencia. 3.- Considerar el concurso con el carácter de VOLUNTARIO con solicitud de apertura de la fase de liquidación.4.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización.5.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los arts. 57 y siguientes de la TRLC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por:Doña Begoña Rubio Pérez de Acevedo, con DNI ***3708**; abogada, con domicilio profesional: Plaza de España nº 6, 4º-2, 06002, Badajoz; teléfono de contacto: 924224541 y con e-mail: 2593@icaba.com 7.- Hágase saber a la administración concursal, que el plazo para presentar del Informe será de UN MES DESDE LA FECHA DE ACEPTACIÓN, y solo podrá autorizarse una prórroga por el juez del concurso no superior a 15 días, art. 291.9.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 28.1.4º, 252 y 255 TRLC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos. También podrán remitirle por correo electrónico cuanto consideren relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la declaración de concurso podrá interponerse, recurso de REPOSICIÓN, por medio de escrito presentado ante este Juzgado en plazo de CINCO DÍAS.
MERIDA, 1 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AYLLON SOTELO, M. DEL CARMEN
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid