PLAZA Nº 2 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
Dirección: AVDA. DE LAS COMUNIDADES S/N
Localidad: MERIDA
Código Postal: 06800
Provincia: Badajoz
Teléfono: 924380606
Correo electrónico: mercantil2.badajoz@justicia.es
Concursal
Número: 103/2026
NIG: 0608347120260000070
Auto
Fecha: 30/09/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
FLORENCIO GUERRERO RAMIREZ - NIF/NIE: ***3705**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
CONCEDER LA EXONERACIÓN DEFINITIVA DEL PASIVO INSATISFECHO de D. FLORENCIO GUERRERO RAMÍREZ, con NIF NÚM.***37.05**, con los efectos a ello inherentes. La exoneración abarca a la totalidad de las deudas insatisfechas a fecha del dictado del presente auto, a excepción de las contempladas en el art. 489.1, apartados 1º a 8º, cuya exoneración se efectuará en los términos establecidos en los indicados puntos.Los acreedores por créditos no exonerables mantendrán sus acciones contra el deudor y podrán promover la ejecución judicial o extrajudicial de aquellos (art. 490 del TRLC).6.- Declarar la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la resolución relativa a la conclusión no cabe recurso alguno, conforme a lo prevenido en el art. 481.1º del TRLC.Contra el pronunciamiento relativo a la exención del pasivo insatisfecho cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN a interponer en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación, art. 546 del TRLC.
MERIDA, 1 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AYLLON SOTELO, M. DEL CARMEN
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