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Documento BOE-J-2026-565697

ALBACETE. Edicto de 2 de octubre de 2026 en procedimiento civil número 408/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 249, de 7 de octubre de 2026
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALBACETE
Referencia:
BOE-J-2026-565697

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Albacete. Plaza nº 1

Dirección: Avenida MANCHA (LA) 1 Esq. Avenida Gregorio Arcos S/N Albacete

Localidad: Albacete

Código Postal: 02005

Provincia: Albacete

Teléfono: 967596500

Correo electrónico: sct.areacivilsocca.albacete@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 408/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/09/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 DIAS

DESTINATARIOS

ALM HIGIENE SL - Nº ****4028*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dª MARIA ELENA OLMEDILLA GOMEZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓNDE JUSTICIA DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA SECCIÓN DE LO MERCANTIL,PLAZA Nº 1 DE ALBACETE, POR EL PRESENTE, HAGO SABER:Que en este Juzgado se ha dictado Auto de fecha 24.09.26, en el que se acordado lo siguiente:DISPONGO1.- Declarar en estado de CONCURSO SIN MASA a la entidad ALMHIGIENE SL, con CIF B02540284, y con domicilio en CalleCañicas nº 27 Albacete.2.- El pasivo que resulta de la documentación presentada porla deudora es el siguiente:La cuantía del pasivo asciende a la cantidad de 657.137,76€,3.- Procédase a la remisión telemática al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal de la presente resolución, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentadosobre los siguientes extremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubierarealizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por lapersona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.4.- Procédase, en su caso, a la notificación del presente auto a la representación legal de las personas trabajadoras.Contra esta resolución cabe recurso de reposición.Así por este auto, lo acuerdo, mando y firmo.DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado; doy fe.En ALBACETE, a veinticuatro de septiembre de dos mil veintiséis.

Albacete, 2 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ELENA OLMEDILLA GOMEZ

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