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Documento BOE-J-2026-562179

MÁLAGA. Edicto de 1 de octubre de 2026 en procedimiento civil número 445/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 248, de 6 de octubre de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2026-562179

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Málaga. Plaza nº 3

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N Málaga

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 639932975

Correo electrónico: jmercantil.3.malaga.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 445/2025

NIG: 2906742120250028706

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 26/05/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el referido juicio se ha dictado sentencia el 26/05/2026 poniendo fin al proceso.

En atención a la imposibillidad de notificar al demandado DAVID MORALES JIMENEZ Y TEQUILA ASESORES SL , y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 156 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificarle la citada resolución por medio de edicto que se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único.

Contra dicha resolución no cabe recurso alguno.

"

FALLO

ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don José Domingo Corpas, en nombre y representación de GESICO COMPRA DE IMPAGADOS S.L., (ALDRO3) frente a DON DAVID MORALES JIMÉNEZ,

PRIMERO.- Condeno a DON DAVID MORALES JIMÉNEZ a que abone a la parte actora la cantidad de QUINIENTOS SESENTA Y UN EUROS CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (561,89 euros).

SEGUNDO.- Asimismo condeno a DON DAVID MORALES JIMÉNEZ a que abone a la parte actora pagar todas aquellas cuantías que se devenguen, en concepto de intereses y costas procesales, contra TEQUILA ASESORES, S.L., en el Procedimiento de Juicio Verbal nº autos 828/2023 tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº3 de Marbella, así como en concepto de intereses y costas procesales en su posterior Ejecución de Títulos Judiciales.

TERCERO.- Todo ello se entiende con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que la misma es firme y no cabe recurso alguno puesto que la cuantía del procedimiento es inferior a 3.000 euros.

    Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la oficina judicial de este tribunal, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.

En Málaga, en el día de la firma.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Málaga, 1 de octubre de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA VALERA TEJEDERA

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